STSJ Galicia 907/2010, 23 de Septiembre de 2010
Ponente | CRISTINA MARIA PAZ EIROA |
ECLI | ES:TSJGAL:2010:8998 |
Número de Recurso | 4484/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 907/2010 |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00907/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 2ª
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚMERO 4484/2008
EN NOMBRE DEL REY
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la
siguiente
SENTENCIA
ILMOS. SRS.
Don José Antonio Méndez Barrera
Don José María Arrojo Martínez
Doña Cristina María Paz Eiroa
En la ciudad de A Coruña, a veintitrés de septiembre de dos mil diez.
Vistos los autos de recurso ordinario seguidos ante esta Sala con el número 4484/2008, sustanciados por el procedimiento ordinario regulado en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso - administrativa, que ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha promovido el procurador don Ignacio Pardo de Vera López, en nombre y representación de la entidad "EUROYATE, S.A.", en relación con la resolución de la Autoridad Portuaria de Villagarcía de fecha 28 de mayo de 2008 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de fecha 6 de marzo de 2008 de aprobación del Pliego de Bases y el Pliego de Condiciones para la adjudicación de la concesión (C-0116) para la explotación de las dársenas números 2 y 3 con destino a puerto deportivo y naves anexas, y otras instalaciones para la construcción y reparación naval, que incluye la autorización del servicio comercial de puesta a disposición de medios mecánicos para la varada de embarcaciones y el servicio comercial de gestión de amarres deportivos.
El procurador don Ignacio Pardo de Vera López, en nombre y representación de la entidad "EUROYATE, S.A.", presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso contencioso-administrativo en relación con el acuerdo de fecha 6 de marzo de 2008 de aprobación del Pliego de Bases y el Pliego de Condiciones para la adjudicación de la concesión (C-0116) para la explotación de las dársenas números 2 y 3 con destino a puerto deportivo y naves anexas, y otras instalaciones para la construcción y reparación naval, que incluye la autorización del servicio comercial de puesta a disposición de medios mecánicos para la varada de embarcaciones y el servicio comercial de gestión de amarres deportivos, por medio de escrito de fecha 31 de julio de 2008, que se tuvo por interpuesto por providencia de fecha 7 de agosto de 2008 por la que se acordó requerir a la Administración la remisión del expediente administrativo en la forma y plazos determinados en el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -administrativa y ordenarle que practicase los requerimientos previstos en el artículo 49 de la misma.
Habiéndose recibido y examinado el expediente, por diligencia de fecha 20 de octubre de 2008 se ordenó la entrega de copia a la recurrente para que dedujese demanda en el plazo de veinte días; habiéndose presentado por el procurador don Ignacio Pardo de Vera López, en la representación dicha, escrito de demanda el día 8 de abril de 2009 por el que, después de consignar los hechos y los fundamentos de Derecho que estimaba convenientes, suplicaba que se "dicte sentencia por la que estime el recurso contencioso administrativo y declare los acuerdos impugnados y por tanto los pliegos y el propio concurso para la adjudicación de la concesión de dominio público, no ajustados a derecho y la nulidad de los mismos; con expresa imposición de costas a la demandada"; y habiéndose ordenado, en virtud de resolución de fecha 14 de abril de 2009, el traslado de la misma a la parte demandada comparecida, para que la contestase en el plazo de veinte días.
El Abogado del Estado, en la representación de la demandada que legalmente ostenta en este recurso, presentó ante esta Sala escrito de contestación el día 22 de julio de 2009 por el que, después de consignar los hechos con los fundamentos de...
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