AAP Granada 61/2009, 30 de Abril de 2009
Ponente | JOSE REQUENA PAREDES |
ECLI | ES:APGR:2009:241A |
Número de Recurso | 109/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 61/2009 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 109/09 - AUTOS Nº 1674/08
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº DOS DE GRANADA
ASUNTO: CONCILIACIÓN
PONENTE SR. JOSÉ REQUENA PAREDES.
A U T O N º 61
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. JOSÉ REQUENA PAREDES
MAGISTRADOS
D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT
D. ENRIQUE PINAZO TOBES
En la Ciudad de Granada, a treinta de abril de dos mil nueve.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 109/09-, los autos de Conciliación nº 1674/08 del Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Granada, seguidos en virtud de demanda de Dª María Milagros contra Dª Adela y D. Oscar .
Que, por el mencionado Juzgado se dictó auto en fecha doce de diciembre de dos mil ocho, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "No admitir a trámite la presente solicitud de conciliación entablada por DOÑA María Milagros, repesentada por la Procuradora doña María Isabel Olivares López frente a los conciliados DOÑA Adela Y DON Oscar, debiendo archivarse la misma al legajo de su razón y previa nota suficiente."
Que contra dicho auto se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.
Que, por este Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ REQUENA PAREDES.
La apelante formuló demanda de conciliación a fin, según el suplico literal, de que:
-
Manifiesten cual es el título en virtud del cual ostentan la posesión del inmueble localizado en C/ DIRECCION000, núm NUM000, portal NUM001 NUM002, lo exhiban y, para el caso de ser poseedores a título de arrendatarios manifiesten la identificación de los titulares de la propiedad de la citada finca.
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Manifiesten si existe póliza de seguro contratada, y en su caso señalen Compañía Aseguradora, nº de póliza y condiciones generales y particulares de la misma, que cubra la responsabilidad descrita en el cuerpo de este escrito.
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Se avengan a indemnizar a mi mandante por los daños y lesiones descritos en el cuerpo de este escrito, cuya cuantía será determinada en el momento procesal oportuno.
El Juzgado no admitió a trámite la demanda por entender que la finalidad perseguida ha de obtenerse por el cauce previsto en la actual LEC, relativo a las Diligencias Preliminares de juicio de los arts. 256 ss.
La decisión judicial se recurre en apelación...
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