STSJ Galicia 991/2010, 6 de Octubre de 2010

PonenteCRISTINA MARIA PAZ EIROA
ECLIES:TSJGAL:2010:8433
Número de Recurso4767/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución991/2010
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00991/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2ª

RECURSO NÚMERO 0004767/2008

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la

siguiente

SENTENCIA

ILMOS. SRS.

Don José Antonio Méndez Barrera

Don José María Arrojo Martínez

Doña Cristina María Paz Eiroa

En la ciudad de A Coruña, a seis de octubre de dos mil diez.

Vistos los autos de procedimiento ordinario seguidos ante esta Sala con el número 0004767/2008, sustanciados por el procedimiento ordinario regulado en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso -administrativa, que ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha promovido la procuradora doña Irene Cabrera Rodríguez, en nombre y representación de don Onesimo, contra la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 24 de noviembre de 2008 desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de fecha 5 de octubre de 2007 por la que se declara a don Onesimo responsable solidario de la deuda generada por la sociedad "CAMAGO S.A." en su condición de administrador de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La procuradora doña Irene Cabrera Rodríguez, en nombre y representación de don Carlos Miguel, interpuso recurso contencioso-administrativo en relación con la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 24 de noviembre de 2008 desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de fecha 5 de octubre de 2007 por la que se declara a don Onesimo responsable solidario de la deuda generada por la sociedad "CAMAGO S.A." en su condición de administrador de la misma, por medio de escrito de fecha 12 de diciembre de 2008, que se tuvo por interpuesto providencia de fecha 4 de febrero de 2009 por la que se acordó requerir a la Administración la remisión del expediente administrativo en la forma y plazos determinados en el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso - administrativa y ordenarle que practicase los requerimientos previstos en el artículo 49 de la misma.

SEGUNDO

Habiéndose recibido y examinado el expediente, por resolución de fecha 18 de marzo de 2009 se acordó la entrega de copia a la recurrente para que dedujese demanda en el plazo de veinte días; habiéndose presentado por la procuradora doña Irene Cabrera Rodríguez, en la representación dicha, escrito de demanda con fecha 13 de mayo de 2009 por el que, después de consignar los hechos y los fundamentos de Derecho que estimaba convenientes, suplicaba que se dicte "sentencia por la que estimando el presente recurso, anule las resoluciones recurridas por ser contrarias a derecho, condenando a la administración demandada a estar y pasar por la expresada declaración, así como al pago de las costas generadas por la suspensión de la deuda mediante aval bancario y las costas judiciales"; y habiéndose acordado, en virtud de resolución de fecha 21 de mayo de 2009, el traslado de la misma a la parte demandada, para que la contestase en el plazo de veinte días.

TERCERO

El Letrado de la Tesorería General de la Seguridad Social, en la representación de la demandada que legalmente ostenta en este recurso, presentó ante esta Sala escrito de contestación con fecha 26 de junio de 2009 por el que, después de consignar los hechos con los fundamentos de derecho que estimaba oportunos, suplicaba que se dicte "sentencia por la que se desestime el recurso con imposición de costas a la parte recurrente"; y habiéndose acordado por auto de 9 de noviembre de 2009 recibir el pleito a prueba, y practicado la propuesta y declarada pertinente, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Por diligencia de 18 de junio de 2010 se acordó el trámite de conclusiones escritas; habiéndose presentado escrito de conclusiones por las partes, que fue unido a los autos.

QUINTO

Por providencia 23 de septiembre de 2010 se señaló el día 30 del mismo mes y año para la votación y fallo.

QUINTO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente la Ilma. Sra. Doña Cristina María Paz Eiroa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante pretende la anulación de la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 24 de noviembre de 2008 desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de fecha 5 de octubre de 2007 por la que se acordó "1º.- Declarar a D. Onesimo, en su condición de miembro del consejo de administración de la sociedad mercantil "Camago, S.A." (...) responsable solidaria de la deuda que tiene pendiente de ingreso esta Tesorería General de la Seguridad Social la citada empresa, durante el período 04/01 a 01/03 (...) 2º.- Reclamar a D. Onesimo (...) en este mismo acto, la expresada cantidad (...)".

En justificación de la pretensión, en la demanda se alega, en primer lugar y con carácter principal, que "(...) El fundamento de la resolución por la que se procede a la derivación de responsabilidad a mi mandante es que no se había convocado Junta General para adoptar acuerdo de disolución, siendo este hecho totalmente incierto a la vista de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR