STSJ Comunidad de Madrid , 2 de Diciembre de 1999
Ponente | JOSE FELIX MENDEZ CANSECO |
Número de Recurso | 2548/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 1999 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso 2548/96 SENTENCIA NUMERO 1257 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:
Presidente.
Don José Félix Méndez Canseco.
Magistrados:
Dña. Francisca María Rosas Carrión.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez D. Javier E. López Candela.
En la Villa de Madrid, a dos de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2548/96, interpuesto por HT VAANA, S.L., defendida y representada por el Letrado D. Salvador López Tapia, contra resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Madrid de 8 de julio de 1996, por la que se desestima el Recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de fecha 22 de mayo de 1997, no expediente SPM- 37743-H. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Luís Fernando Granados Bravo.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 10 de febrero de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado al Procurador D. Luís Fernando Granados Bravo, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 29 de octubre de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 2 de diciembre de 1999, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D.José Félix Méndez Canseco.
Se impugna la resolución de 8.,7.96 que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra resolución de 22.5.96 por la que se sancionó a la recurrente con multa de 50.000 pesetas por infracción de...
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