STSJ Extremadura , 16 de Octubre de 2000

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2000:2024
Número de Recurso1779/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1.420 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a dieciseis de octubre de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.779 de 1.997, promovido por la Procuradora Dª María Victoria Merino Rivero, en nombre y representación del recurrente D. Serafin , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, y codemandado el ORGANISMO AUTONOMO PROVINCIAL DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE BADAJOZ, representado por el Procurador D. Jorge Campillo Alvarez; recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura de fecha 30-4-97, recaída en la Reclamación nº 06/969/95, mediante la cual se desestima la reclamación formulada por el recurrente contra las resoluciones dictadas el 15-6-95 por el Jefe de Inspección del Organismo Autónomo Provincial de Recaudación y Gestión Troibutaria de la Diputación de Badajoz en la sque confirmaban las actas de inspección de prueba preconstituida relativas al Impuesto de Actividades Económicas números 433/94 y 434/94.

Cuantía 811.541 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO.- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Victoria Merino Rivero, en nombre y representación de D. Serafin , se dirige contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, de 30 de abril de 1997, mediante la cual se desestima la reclamación, número 6/969/95, interpuesta contra dos Resoluciones dictadas el día 15 de junio de 1995 por el Jefe de Inspección del Organismo Autónomo Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Badajoz en las que se confirmaban las actuaciones realizadas en relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas.

SEGUNDO

El día 17 de mayo de 1995 se extendieron dos actas...

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