SAP Burgos 34/2010, 28 de Enero de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución34/2010
EmisorAudiencia Provincial de Burgos, seccion 3 (civil)
Fecha28 Enero 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00034/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio: SAN JUAN 2

Telf.: 947259950

Fax: 947259952

Modelo: SENTENCIA

N.I.G.: 09059 38 1 2009 0001008

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000474 /2009

Juzgado procedencia: JDO. DE LO MERCANTIL N.1 de BURGOS

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000328 /2007

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados,

D. JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA y Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado la siguiente.

S E N T E N C I A Nº 34.

En Burgos, a veintiocho de enero de dos mil diez. VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 474 de 2.009, dimanante del juicio ordinario número 328/07, del Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Burgos, sobre acción de nulidad de modelo de utilidad, reclamación de daños y otros, con reconvención, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 17 de julio de 2.009, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante-apelante, la mercantil "HERMANOS MONTULL, S.A.", representada por el Procurador D. César Gutiérrez Moliner y defendida por el Letrado D. Enrique Rubio Gallart; y, como demandadas-impugnantes, la mercantil "PLASTECNIC ACCESORIOS V.I.,S.A.", y Dª Beatriz, representadas por el Procurador D. David Nuño Calvo y defendidas por el Letrado D. Pedro García Cabrerizo Santo. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN SANCHO FRAILE, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente como estimo la demanda presentada por el Procurador Sr. Gutiérrez Moliner, en representación de la mercantil "Hermanos Montull, S.A.", debo declarar y declaro la nulidad del certificado de protección del modelo de utilidad nº 200500195 "Pie de Apoyo para Semirremolque", otorgado a favor de la Sociedad "Plastecnic Accesorios V.I., S.A.", figurando en el mismo como inventora Dª Beatriz, falta de novedad y actividad inventiva, debiendo ordenar y ordeno la cancelación de la inscripción que dicho certificado haya podido causar en Registro de Propiedad Industrial (Oficina Española de Patentes y Marcas), debiendo condenar y condeno a la mercantil demandada a estar y pasar por la anterior declaración, en cuanto a las costas cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad. Y que desestimando como desestimo la reconvención formulada por el Procurador Sr. Nuño Calvo, en representación de la mercantil "Plastecnic Accesorios V.I., S.A." y de Dª Beatriz, debo absolver y absuelvo a la Sociedad "Hermanos Montull, S.A.", de los pedimentos ejercidos en su contra, con expresa imposición de costas a la parte reconviniente".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de la mercantil actora se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso e impugnando varios de los Fundamentos de Derecho de la sentencia, dándose a continuación los traslados prevenidos en la Ley, con el resultado obrante en autos; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 26 de enero pasado, en que tuvo lugar.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se aceptan, en lo sustancial, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, salvo en lo que sean contrario a los que siguen.

Segundo

Por la representación de la parte actora y apelante, Hermanos Montull, Sociedad Anónima, se impugna la sentencia de instancia pretendiendo en esta alzada su revocación y se estimen íntegramente las pretensiones contenidas en la demanda, y en concreto: A) Declarando la deslealtad de los actos llevados a cabo por las codemandadas; B) En base a lo anterior se condene a las codemandadas, a indemnizar, en concepto de daños y perjuicios, a Hermanos Montull, S.A. en la cantidad de sesenta y nueve mil trescientos veintiocho euros con setenta y tres céntimos (69.328#73); C) Se impongan a las codemandadas el pago de las costas del presente procedimiento.

Asimismo, por la representación de la parte demandada, Dª Beatriz y de la mercantil Plastecnic Accesorios V.I., S.A., se apela la sentencia de instancia, por vía de impugnación, de los pronunciamientos contenidos en los Fundamentos de Derecho segundo, tercero, cuarto, quinto y octavo; y en virtud de los méritos contenidos en las alegaciones tercera, cuarta y quinta del escrito de oposición-impugnación, se revoquen los pronunciamientos impugnados y la declaración de validez del modelo de utilidad 200500195 "Pie de Apoyo para Semirremolque" de Plastecnic Accesorios, la declaración de deslealtad de los actos de Hermanos Montull en cuanto contrarios a la buena fe concurrencial e imitaciones desleales, y la condena a indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.

Tercero

Procede que, previamente, deba enjuiciarse la pertinencia de esta vía impugnatoria de la sentencia de instancia formulada por la parte demandada, dada su naturaleza procesal, que afectaría a la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de apelación así interpuesto, cuya apreciación puede efectuarse de oficio, por tratarse de normas procesales preceptivas y de orden público jurídico.

Por escrito de fecha 30 de julio de 2009, folio 623, por la representación de la parte demandada, doña Beatriz y de la mercantil Plastecnic Accesorios V.I., S.A., se presenta escrito ante el Juzgado de...

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