STSJ Comunidad de Madrid 11/2010, 25 de Enero de 2010
Ponente | MARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ |
ECLI | ES:TSJM:2010:241 |
Número de Recurso | 2003/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 11/2010 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso nº. 2003/2008
Ponente: Dª. Pilar Maldonado Muñoz
Recurrente: D. Darío
Representante: C.S.I .F. Sector Justicia
Demandado: MINISTERIO DE JUSTICIA
Representante: Abogado del Estado
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM.- 11
ILTMO. SR. PRESIDENTE
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
D. Juan Ignacio Pérez Alférez
....................................................
En Madrid, a veinticinco de enero de dos mil diez
Visto por la Sección del margen el recurso nº 2003/2008, interpuesto por D. Darío, en su propio nombre y representación, contra Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de fecha 25 de febrero del 2008, habiendo sido parte demandada la antedicha Administración, representada por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso resulta indeterminada.
La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos. SEGUNDO.- Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 22 de enero de 2010.
Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Pilar Maldonado Muñoz.
Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la resolución del Director General de Relaciones con la Administración de Justicia de 25 de Febrero del 2008, que desestimó el recurso de reposición deducido por D. Darío contra acuerdo de 29 de Marzo del 2007, por el que se le reconoce 3 meses y 27 días como servicios previos prestados como funcionario interino del Cuerpo de Gestión Procesal.
Pretende el recurrente que anulando la resolución impugnada se declare su derecho a que se le reconozca el tiempo total en que estuvo ejerciendo funciones efectivas de gestor procesal, esto es, desde el 21 de Marzo hasta el 3 de Octubre del 2006, y en consecuencia se declare que el nuevo trienio queda fijado el 28 de Agosto del 2008 y los efectos económicos el 1 de Septiembre del 2008, y subsidiariamente se quede fijado el 12 de Noviembre del 2008 con efectos económicos desde el 1 de Diciembre del 2008.
Para la adecuada resolución del presente litigio se ha de tener como acreditado lo siguiente, según resulta de los documentos obrantes en Autos:
El recurrente siendo funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial con destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cerdanyola del Vallés participó en concurso de traslados convocado por Orden JUS/3510/2005, de 17 de Octubre, siendo, asimismo, admitido en las Bolsas de Interinos del Cuerpo de Gestión Procesal ofreciéndole la Comunidad de Madrid una plaza de gestor adscrita al Decanato de Madrid, por lo que cesó en el destino donde prestaba servicio como titular del Cuerpo de Auxilio Judicial, solicitando la excedencia por incompatibilidad al haber dio nombrado gestor procesal, lo que le fue concedido por resolución del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña. En el nuevo destino tomó posesión el 21 de Marzo del 2006.
El concurso de traslado fue resuelto por la Orden JUS/2212/2006, de 10 de Julio, habiéndole sido adjudicada una plaza del Cuerpo de Auxilio...
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