STSJ Cataluña , 13 de Julio de 2001

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2001:9148
Número de Recurso959/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 959/97 Partes: MONGAT MAR, S.A. C/ AYUNTAMIENTO DE MONGAT SENTENCIA N°782 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONES BELTRAN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRAN CASTELLS Dª. PILAR GALINDO MORELL En la ciudad de Barcelona, a trece de julio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

959/97, interpuesto por la entidad MONGAT MAR, S.A., representado por el Procurador D. ANTONIO Mª

DE ANZIZU FUREST y defendido por el letrado D. RAFAEL ENTRENA CUESTA, contra EL AYUNTAMIENTO DE MONGAT, representado y defendido por el letrado D. JOSEP MARIA SUBIRACHS I MARTINEZ.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRAN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de fecha 21-3-97 desestimatoria de la petición formulada relativa al inicio del expediente de justiprecio de diversas fincas de propiedad del recurrente.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se practicaron las pruebas propuestas y consideradas de aplicación A continuación se evacuó el trámite de conclusiones sucintas y se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 22 de junio del año en curso .

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Montgat, de fecha 21 de marzo de 1997, denegatorio de la petición que formulara la entidad Montgat Mar, S.A. recurrente en la presente litis, relativa a la iniciación de expediente de justiprecio de diversas fincas de su propiedad.

SEGUNDO

Sobre el tema suscitado se establece en el art. 103.1 del Decreto Legislativo Catalán 1/1990, de 12 de julio - id art. 69 L.S-, "cuando transcurran cinco años desde la entrada en vigor del Plan o Programa de Actuación Urbanística sin que se haya llevado a efecto la expropiación de los terrenos que, de acuerdo con su calificación urbanística, no sean edificables para sus propietarios, ni hayan de ser objeto de cesión obligatoria por no resultar posible la justa distribución de los beneficios y cargas en el polígono o unidad de actuación, el titular de los bienes o sus causahabientes advertirán a la...

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