STSJ Galicia , 25 de Octubre de 2005
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:3946 |
Número de Recurso | 652/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso nº 652/05
MFV
ILMO. SR. D. ANTONIO J. OUTEIRIÑO FUENTE
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ
ILMO. SR. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
A Coruña, a veinticinco de octubre de dos mil cinco.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores
magistrados citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación nº 652/05 interpuesto por D. Carlos Jesús contra
la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. DOS de PONTEVEDRA siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
Que según consta en autos nº 514/04 se presentó demanda por D. Carlos Jesús en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 25 de noviembre de 2004 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "1°-.-D. Carlos Jesús, con D.N.I. n°- NUM000, nacido el día 13-02-1940 pensionista de la Seguridad Social con el n° NUM001, fue declarado en la situación de incapacidad laboral permanente total en 1988 al presentar cambios postquirúrgicos con laminectomía derecha L2-L3 y voluminosa hernia discal paramedial derecha L2-L3 que comprime saco dural. Espondilosis C5C6 con estenosis central canal raquídeo y agujeros de conjunción. Importantes cambios degenerativos C4-C5 con estenosis foraminal. 2°-. Solicitó el demandante ante el INSS la revisión de su incapacidad de total en absoluta, siéndole denegada por resolución de 7-5-2004 por no haberse producido variación en el estado de sus lesiones que determine modificación del grado de invalidez que tiene reconocido. Ante la anterior resolución interpuso reclamación previa también desestimada en fecha 30 de junio de 2004. 3°-. Los padecimientos actuales del demandante son: cardiopatía isquémica. Bloqueo A-V (2-1) sintomático que precisó colocación de marcapasos definitivo. Hernias discales L2-L3 y L4-L5 i.qs (IMS 2000). Informe cardiología 12/03: síndrome x coronario. Bloqueo AV de 2°- grado. Marcapasos normofuncionante. 4°-. En fecha 20 de marzo de 2002, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia dictó sentencia, confirmando la dictada en instancia, en el procedimiento n°93/01 seguido en el Juzgado de lo Social n° 1 de esta ciudad, que rechazaba la revisión del grado de incapacidad del actor siendo los padecimientos que este presentaba los siguientes: " Afectación actual: solicita revisión de grado al precisar intervención quirúrgica por hernia discal L4-L5 izquierda (hemilaminectomía L4-L5 izquierda y extirpación de hernia discal el 25.9.00) y sufrir cardiopatía isquémica con bloqueo aurículo-ventricular 2:1 sintomático que precisó colocación de marcapasos definitivo DDD el 26.4.2000. A.P: Hta. El paciente refiere dolor en región lumbar que aumenta con los esfuerzos. Dice que se fatiga con pequeños esfuerzos como subir dos pisos o cuestas. Aparato circulatorio: no disneas, edemas ni cianosis. Pulso 90 latidos/minuto, rítmico. Auscultación cardíaca sin soplos. Electrocardiograma: actualmente con ritmo de marcapasos DDD normofuncionante. Rx tórax: granuloma en lóbulo superior izquierdo. Aparato locomotor: marcha normal, posible de puntillas y talones. No signos de irritación radicular. No atrofias musculares ni déficit motor focal. Reflejos presentes y simétricos excepto aquileo derecho que está abolido. Cicatrices quirúrgicas en región lumbar (una a nivel L1-L2-13 y otra a nivel L4-L5- S1). Buena movilidad de raquis lumbar. Resonancia nuclear magnética (RNM): RM C. lumbar: hernia discal L4-L5 izquierda. Espondiloartrosis lumbar. Juicio diagnóstico y valoración: Cardiopatía isquémica. Bloqueo AV 2:1 sintomático que precisó la colocación de marcapasos definitivo DDD. Hernias discales L2-L3 y L4-L5 izquierdas intervenidas quirúrgicamente. Conclusiones: El paciente no podría realizar actividades que exijan: sobrecarga mecánica a nivel de raquis lumbar. Esfuerzos físicos moderados o intensos así como situaciones que supongan importante stress cardíaco. (414). Contingencia: E.C."
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Carlos Jesús contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo al expresado demandado de todos los pedimentos de la demanda".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.
Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPA por revisión, instando -por el cauce del artículo 191.b LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía artículo 191.c LPL - la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .
No se acepta el motivo fáctico,...
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...de la que se ha aportado en juicio, en manera alguna modificativa de los medios utilizados en aquél (STS 24/02/92 Ar. 1144; SSTSJ Galicia 25/10/05 R. 4813/05, 28/04/05 R. 5506/02, 15/04/05 R. 997/05, 10/03/05 R. 344/05, 09/12/04 R. 2298/04, 02/12/04 R. 3170/02, 22/11/04 R. 4609/04, 19/11/04......
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