STSJ Comunidad de Madrid 1032/2009, 30 de Noviembre de 2009
Ponente | JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO |
ECLI | ES:TSJM:2009:17105 |
Número de Recurso | 3118/2009 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1032/2009 |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Sala de lo Social |
RSU 0003118/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2009 0034398, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003118 /2009
Materia: MATERIAS DE SEGURIDAD SOCIAL
Recurrente/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS
Recurrido/s: Raúl
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 38 de MADRID de DEMANDA 0001282 /2008
Sentencia número: 1032/09-MH
Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.
JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO
MIGUEL MOREIRAS CABALLERO
EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA
En MADRID a treinta de Noviembre de dos mil nueve, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 003 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 3118 /2009, formalizado por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, contra la sentencia de fecha 14-1-09, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº38 de MADRID en sus autos número 1282 /2008, seguidos a instancia de D. Raúl frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, en reclamación por subsidio de maternidad, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D.JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
En fecha 21-1-08 el actor con n° de afiliación a la Seguridad Social NUM000 fue padre de una niña que nació en Idaho (EEUU), lugar de residencia de la madre. La madre de la menor Dª Antonieta renunció judicialmente a toda relación materno-filial con la menor, la cual quedó bajo la patria potestad y custodia exclusiva del padre (documental) el cual presentó solicitud de prestación de maternidad en fecha 19-03-08 (documental)
Mediante Resolución del INSS de fecha 23-09-2008 le fue denegada dicha prestación por cuanto que la madre no se encontraba trabajando al iniciarse el período de descanso por maternidad ni optó por que el interesado disfrutara de hasta un máximo de 10 semanas de dicho descanso tal y como determina el art 48.4 ET .
El actor solicitó prestación de paternidad, subsidio que le fue reconocido sobre una base reguladora diaria de 85,54 euros y efectos desde el 24-1-08 al 5-2-08.
La base reguladora de la prestación asciende a 99,87 euros/dia.
Se agotó la vía previa.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
Estimando la demanda formulada por D. Raúl contra INSS y TGSS debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir el subsidio por maternidad con efectos desde el 24-01-08 y sobre una base reguladora de 99,87 euros, condenando a INSS y TGSS a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y en consecuencia a que abonen al actor la referidas prestaciones con las mejoras y revalorizaciones que procedan debiendo detraer de la misma la prestación abonada por paternidad en cuantía de 1112,02 euros.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, siendo impugnado por el Letrado D. Juan Ramón Gemeno Marín en nombre y representación de D. Raúl .
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 2-6-09, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma.
Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase...
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