STSJ Cataluña 10470, 12 de Mayo de 2005

PonenteMARIA JESUS EMILIA FERNANDEZ DE BENITO
ECLIES:TSJCAT:2005:10470
Número de Recurso398/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución10470
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Recurso núm. 398/00 Partes: SIEMENS, S.A. C/ DEPARTAMENT DE TREBALL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA SENTENCIA Nº 582 Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BERLANGA RIBELLES D. JOSE ANTONIO MORA ALARCON Dª MARIA PILAR ROVIRA DEL CANTO Dª MARIA JESUS E. FERNANDEZ DE BENITO D. JORDI MORATÓ ARAGONES I PAMIES En la ciudad de Barcelona, a doce de mayo de dos mil cinco.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINSTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION SEGUNDA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo número 398/00, interpuesto por la procuradora Dª BLANCA SORIA CRESPO, en nombre y representación de SIEMENS, S.A., contra el DEPARTAMENT DE TREBALL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, representado y dirigido por el LETRADO DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA JESUS E. FERNANDEZ DE BENITO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución de fecha 13 de marzo de 2000, del Conseller de Treball de la Generalitat de Catalunya, que resolvía desestimar el recurso ordinario formulado por la empresa SIEMENS, S.A. contra la resolución dictada por la Direcció General de Relacions Laborals del Departament de Treball en la que se impone a la empresa una sanción de 7.000.000 de pesetas por infracción de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la

Ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación o revocación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, no habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, y tras la formulación de conclusiones sucintas, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

De los antecedentes que obran en el expediente administrativo cobra especial relieve el contenido del acta de inspección levantada el 22 de abril de 1998, en la que se hace constar que en la empresa visitada tuvo lugar un accidente de trabajo motivado por falta de medidas de seguridad, en cuanto que, estando llevando a cabo la empresa una serie de remodelaciones en la sección de ensayos eléctricos de la fábrica de Cornellá, entre los que figuraba el traslado e instalación de tres armarios metálicos eléctricos de gran peso y envergadura que se encontraban sobre unos palets de madera, con la ayuda de unpuente grúa, elevándolos mediante eslingas que sujetaban dos barras metálicas situadas en la parte inferior de los armarios introducidas en unos orificios preexistentes en los perfiles metálicos, el día...

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