SAP Valladolid 103/2003, 17 de Marzo de 2003
Ponente | JOSE JAIME SANZ CID |
ECLI | ES:APVA:2003:517 |
Número de Recurso | 48/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 103/2003 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
VALLADOLID
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000048 /2003
SENTENCIA: 00103/2003
SENTENCIA Nº 103
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE JAIME SANZ CID
D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
En VALLADOLID a diecisiete de Marzo de dos mil tres.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de JUICIO CAMBIARIO 0000088 /2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 0000048 /2003, en los que aparece como parte apelante TRANSPORTES Y EXCAVACIONES RECIO SL, representada por el Procurador D. FERNANDO VELASCO NIETO y asistida por el Letrado D. MARIANO SANZ ESPINOSA y como apelada CONSTRUCCIONES LEZGON SL, representada por el Procurador D. IGNACIO VALBUENA REDONDO y asistida por el Letrado
D. JUAN SANZ HERNANDEZ, sobre Ejecución de títulos.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 11 de Junio de 2002, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando la oposición a Juicio Cambiario formulada por el Procurador Sr. Valbuena Redondo, en nombre y representación de la entidad "CONSTRUCCIONES LEZGON S.L." contra "TRANSPORTES Y EXCAVACIONES RECIO S.L.", debo declarar extinguido el crédito cambiario exigido y por compensación en la suma de CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES EUROS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (45.423,74), que se descontarán de la suma por la que fue requerido el deudor, y ello con expresa imposición de costas a la parte demandada ejecutante."
Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación, votación y fallo el pasado día once, en que se llevó a efecto lo acordado. ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.
Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOSE JAIME SANZ CID.
La actora suministra a la demandada material de obra para la construcción de ocho chalets en la localidad de Boecillo; efectúa diversos pagos, pero quedan pendientes, entre otros, la cantidad de 56.668 Euros con 89 céntimos, que ahora se reclaman. El ejecutado aduce que parte del hormigón suministrado fue defectuoso ocasionándole unos daños valorados en 34.605,52 Euros, a lo que hay que añadir otros 10.818,22 Euros que le fueron retenidos y cobrados por la paralización de las obras. En orden a la...
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