SAP Vizcaya 166/2009, 13 de Febrero de 2009
Ponente | JOSE IGNACIO AREVALO LASSA |
ECLI | ES:APBI:2009:1008 |
Número de Recurso | 802/2008 |
Procedimiento | ROLLO APELACI |
Número de Resolución | 166/2009 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 6ª |
OFICINA COMUN DE TRAMITACION PENAL
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
Sección 6ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta
Tfno.: 94 401.66.68 Fax: 94 401.69.92
Rollo Apelación Abreviado: 802/08
Proc. Origen: PAB 90/08
Jdo. de lo Penal nº 5 de Bilbao
Apelante/s: Felix
Procurador/a Sr/a.: Martín Gutiérrez
Abogado/a Sr/a.: Díaz González
SENTENCIA Nº 166/09
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE D. Angel GIL HERNÁNDEZ
MAGISTRADO D. José Ignacio ARÉVALO LASSA
MAGISTRADA Dª Nekane SAN MIGUEL BERGARETXE
En la Villa de Bilbao, a trece de Febrero de dos mil nueve.
Vistos en segunda instancia por la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Rollo de Apelación de Procedimiento Abreviado nº 802/08, dimanante del Procedimiento Abreviado 90/08 del Juzgado de lo Penal nº 5 de Bilbao, en la que figura como acusado Felix, cuyas circunstancias personales constan en autos, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Martín Gutiérrez y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Díez González, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal.
Expresa el parecer de la Sala como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ignacio ARÉVALO LASSA.
Por el Juzgado de lo Penal nº 5 de Bilbao, se dictó con fecha 18 de septiembre de 2008 sentencia cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:
"Minutos antes de las 04:50 horas del día 30 de abril de 2007, el acusado, Felix, DNI NUM000, mayor de edad y sin antecedentes penales, que conducía el vehículo Opel Vectra matrícula ....-HKX, de su propiedad, haciéndolo bajo la influencia de las bebidas alcohólicas previamente ingeridas que limitaban sus facultades para la conducción, cuando circulaba a la altura de la denominada rotonda de Venancio, en la localidad de Algorta, municipio de Getxo, perdió el control del vehículo al colisionar con su rueda delantera derecha contra el bordillo de la acera, siendo desplazado hasta impactar contra un árbol propiedad del Ayuntamiento de Getxo; personados agentes de la Policía Local de Getxo en el lugar del accidente, el acusado, que se encontraba fuera del vehículo en compañía de su novia, espontáneamente relató el accidente y reconoció ser el conductor del vehículo, apreciando en él los agentes síntomas evidentes de hallarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, tales como ojos enrojecidos, tez pálida, fuerte halitosis etílica, y ligero balanceo de su cuerpo en posición vertical; consiguientemente fue sometido a la prueba de detección de alcohol en aire espirado con etilómetro de precisión, accediendo voluntariamente, en la cual arrojó un primer resultado, a las 05:29 horas, de 0#79 mg./l., y un segundo resultado, a las 05:46 horas, de 0#69 mg./l.".
El Fallo de la indicada sentencia dice textualmente:
"Que debo condenar y CONDENO a Felix, como autor responsable de un delito CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO, a la pena de 9 meses de multa a razón de 6 euros la cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas; y 2 años de privación del derecho a conducir vehículo a motor y ciclomotor.
Todo ello con expresa imposición al condenado de las costas procesales causadas.
Hágase saber al condenado la posibilidad de obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de que era titular, una vez transcurridos 12 meses desde su privación, si previamente, y con carácter obligatorio, realizare y superare con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial y posteriormente superare las pruebas determinadas reglamentariamente.
Dése cuenta de la presente resolución a la Dirección General de Tráfico a los efectos oportunos.
Dedúzcase testimonio de la presente resolución, del acta del juicio, y del Atestado elaborado por la Policía Local de Getxo, para su remisión al Juzgado Decano de Instrucción de Bilbao por si los hechos fueran constitutivos de un delito de falso testimonio imputable a Dña. Elsa .".
Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de Felix con base...
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