SAP Valladolid 112/2009, 6 de Abril de 2009
Ponente | MIGUEL ANGEL DE LA TORRE APARICIO |
ECLI | ES:APVA:2009:274 |
Número de Recurso | 252/2009 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 112/2009 |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
VALLADOLID
SENTENCIA: 00112/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
Sección 2ª
Rollo: 252/2009
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 1 de VALLADOLID
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000422 /2008
SENTENCIA Nº112/09
En VALLADOLID a seis de Abril de dos mil nueve.
El Ilmo. Sr. D. Miguel Angel de la Torre Aparicio Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, seguido sobre daños dolosos; siendo partes en esta instancia, como apelante: El acusado don Pedro, representado por la Procuradora Sra. Díaz-Alejo Rodríguez y defendido por el Letrado Sr. Blanco Ons; y como apelados: Dña. Maribel, representada por el Procurador Sr. Alonso Zamorano y defendida por el Letrado Sr. Angel Alonso Zamorano, y el Mº Fiscal en la representación que le es propia.
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El Magistrado- Juez del Juzgado de Instrucción nº1 de Valladolid, con fecha 26-1-2009 dictó sentencia en el Juicio de Faltas de que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
PRIMERO: Se declara probado que el día 29 de mayo de 2008 Maribel, residente en Valladolid, calle DIRECCION000 nº NUM000, NUM001, tendió una cortina del salón de su casa por la venta. Dada la largura de la misma, tapaba la luz del piso inferior, donde reside Pedro, con su esposa. Ante esto Pedro cortó un trozo considerable de la cortina. Está tasada en 350 euros.
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La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
CONDENAR a Pedro como autor responsable de una falta contra EL PATRIMONIO ya definida y en virtud de lo que antecede a la pena de multa de 15 DIAS con cuota día de 5 euros estableciendo para el caso de impago de la misma y una vez hecha excusión de sus vienes un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas dejadas de abonar, condenándole igualmente al abono de las costas causadas.
Indemnizará a la denunciante en 350 euros.
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Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación de Pedro, que fue admitido en ambos efectos, y practicados los traslados oportunos, se presentó escrito de impugnación por la representación de Maribel, así como por el Mº Fiscal. Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.
No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia de instancia y se dan por reproducidos.
El acusado Pedro apela la sentencia que le condena como autor de una falta contra el patrimonio (concretamente de daños, tipificada en el art. 625-1 del C. Penal ) a la pena de multa de 15 días con una cuota diaria de 5 euros y a indemnizar a Maribel en 350 euros por los daños causados en las cortinas.
A través...
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