SAP Barcelona 154/2009, 24 de Marzo de 2009

PonenteMARIA MERCEDES HERNANDEZ RUIZ-OLALDE
ECLIES:APB:2009:2962
Número de Recurso646/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACI
Número de Resolución154/2009
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Cuarta

ROLLO Nº 646/2008-T

JUICIO VERBAL (DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO) NÚM. 103/2008

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 37 BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 154/2009

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE

Dª. MIREIA RIOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de marzo de dos mil nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal (desahucio por falta de pago), número 103/2008 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 37 Barcelona, a instancia de D/Dª. Leandro, contra CARPINTERIA LLACUNA, S.C.P.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 17 de marzo de 2008, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Leandro, con NIF NUM000, representado por el Procurador Rómulo Gonzalvo Boix y defendido por el Letrado Lluís Fusté Mercadé, contra LLACUNA, SCP, con CIF G-58609207, representada por el Procurador José Manuel Fernández-Aramburu Torres y defendido por el Letrado Antonio Fernandez Bardón, debo ABSOLVER y ABSUELVO a la demandada de todos los pedimentos formulados en su contra, con expresa condena en costas al actor.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 10 de marzo de 2009. CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Respecto a la legitimación de la actora para el ejercicio de la acción resolutoria y de reclamación de rentas, que evidentemente ha de integrarse dentro del ámbito de la legitimación «ad causam», ha de indicarse que no es preciso acreditar la titularidad dominical, y menos la registral, sobre el inmueble arrendado, siendo buena muestra de lo expuesto la STS de 10 de abril de 1.995, que recopilando anteriores resoluciones del Alto Tribunal sobre el particular, indica que la STS de 3 de abril de 1.963 afirma...

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