SAP Valencia 82/1999, 6 de Mayo de 1999

PonenteCARLOS CLIMENT DURAN
ECLIES:APV:1999:2678
Número de Recurso52/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución82/1999
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 1ª

SENTENCIA

N° 82/99

En la ciudad de Valencia, a seis de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia, compuesta por don Carlos Climent Durán, coma Presidente, y dan Antonio Ferrer Gutiérrez, como Magistrados, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de veintinueve de diciembre de 1998 dictada por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Catarroja , en autos de juicio de cognición seguida en dicha Juzgado con el número 103 de 1998. Han sido partes en el recurso, como apelante, la entidad demandada Esqueletajes Santa Ana S.L., representada por la Procuradora daña Rasa Selma García-Faria y defendida por el Letrado don Jorge Terol Castera y, como apelada, la entidad demandante Batoba Ibérica S.L., representada por el Procurador don José Luis Medina Gil y defendida por el Letrada don Ricardo Siurana Alabau, y ha sido Ponente el Magistrado dan Carlos Climent Durán, quien expresa el parecer del Tribunal.

I. Antecedentes de hecho

Primero

El Fallo de la sentencia apelada dice literalmente: Estimando la demanda formulada par la mercantil Batoba Ibérica S.L. contra la mercantil Esqueletajes Santa Ana S.L., debo condenar y condeno a ésta a que pague a la actora la cantidad de 661.500 pesetas, más los intereses legales desde la fecha de esta resolución, y al paga de las castas procesales.

Segundo

Notificada dicha sentencie a las partes, por la representación de la entidad demandada Esqueletajes Santa Ana S.L. se interpuso recurso de apelación contra la misma y, admitido que fue el recurso, se dio traslado a las demás partes por un plazo común de cinco días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido que fue dicho plazo, se elevaron los autos originales con todos los escritos presentados a esta Audiencia Provincial. Recibidos los autos, y coro sea que no se propuso prueba, se señaló el día cinco de mayo de 1999 para deliberación del tribunal.Tercero. En la tramitación del juicio se han observado las formalidades legales.

II. Fundamentos jurídicos

Primero

Sostiene el recurrente que no consta cuál es con exactitud el objeto dañado ni cuál es el precio del daño producido. Pero además de constar una pericia extraprocesal,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Sentencias de las Audiencias Provinciales
    • España
    • La Protección Penal del Territorio y el Urbanismo Anexo jurisprudencial
    • 18 Octubre 2015
    ...2010 · SAP de Sevilla de 20 de julio de 2010 · SAP de Soria de 13 de abril de 2011 · SAP de Tarragona de 20 de enero de 1998 · SAP de Valencia de 6 de mayo de 1999 · SAP de Valencia de 17 de enero de 2001 · SAP de Valencia de 12 de febrero de 2003 · SAP de Valencia de 23 de junio de 2003 · ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR