SAP Madrid 371/1998, 15 de Diciembre de 1998

PonenteFRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT
ECLIES:APM:1998:13593
Número de Recurso352/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución371/1998
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

SENTENCIA N° 371/98

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEXTA

En Madrid a 15 de Diciembre de 1998.

VISTA, en segunda instancia, por la Ilmo. Sr. D. Francisco Jesús Serrano Gassent, Magistrado de la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo establecido en el art. 82.2°, párrafo 2°, de la Ley. Orgánica del Poder Judicial , la presente apelación contra la Sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Jugado de instrucción n° 37 de Madrid, de fecha 3 de Junio de 1998 , en la causa citada al margen, siendo parte apelante Dª. Elvira y parte apelada Caja de Seguros Reunidos S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción n°37 de Madrid, se dictó sentencia de fecha 3 de Junio de 1998 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: Que debo condenar y condeno a Jose María corrió autor responsable de una falta de lesiones por imprudencia leve, a la pena de multa de quince días, a razón de una cuota diaria de doscientas pesetas, en total tres mil pesetas, a indemnizar a Carlos Francisco en las cantidades de ochocientas cincuenta y dos mil pesetas por incapacidad temporal por las lesiones sufridas, y en un millón ciento cinco mil ochocientas cincuenta pesetas por secuelas, cantidades que deberán ser satisfechas por Caser, Grupo Asegurador; Compañía se seguros y reaseguros como responsable civil directo, y que devengarán desde la fecha del siniestro un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento a que se devengue, incrementado en un cincuenta por ciento;, declarando la responsabilidad civil subsidiaria de Victor Manuel ; y al pago de las costas causadas, no declaradas de oficio. Si el condenado no satisficiere voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas diarias no satisfechas que podrá cumplirse en régimen de arrestos de fin de semana. "

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por Dª. Elvira , en representación de su hijo menor D. Carlos Francisco , recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso se dio trasladó del mismo a las demás partes personadas para que alegasen lo que estimaran oportuno, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 11 de Noviembre de 1998, tuvo entrada en esta sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación, y por providencia de fecha 20 de Noviembre se señaló día para la resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 14 de Diciembre de 1998, sin celebración de vista.CUARTO.- SE ACEPTAN y se dan por reproducidos los hechos probados que figuran en la sentencia...

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