SAP Las Palmas 525/2001, 12 de Julio de 2001

PonenteJUAN JOSE COBO PLANA
ECLIES:APGC:2001:2232
Número de Recurso228/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución525/2001
Fecha de Resolución12 de Julio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

SENTENCIA 525/01

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 12 de julio de 2001.

VISTOS, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la parte actora, dimanante de los autos de Juicio de Divorcio n° 1050/98, interpuesto contra la Sentencia de fecha 12 de junio de 2000, y seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia n° 5 de Las Palmas, a instancia de DON Rosendo , parte apelante, representada en esta alzada por el/la Procurador/a DON BERNARDO RODRIGUEZ CABRERA, y dirigida por el/la Letrado/a DON MIGUEL ÁNGEL PEREZ DIEPA, contra DOÑA Margarita , parte apelada, representada en esta alzada por el/la Procurador/a DOÑA NATALIA QUEVEDO HERNÁNDEZ, y dirigida por el/la Letrado/a DOÑA DOLORES BETANCOR RAMOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de 1ª Instancia n° 5 de Las Palmas, recayó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así: "Que estimando como estimo la concurrencia de causa de divorcio debo declarar y declaro la disolución del matrimonio formado por D. Rosendo , representado por el/la Procurador/a Sr/a. Rodríguez Cabrera, y Dª. Margarita , representada por el/la Procurador/a Sr/a Quevedo Hernández; con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento, y en especial con los concretados en los fundamentos de derecho tercero, cuarto y quinto, indicando que la pensión de alimentos (70.000 ptas mensuales) fijada con cargo al padre y a favor de la hijos indicados será ingresada por el obligado dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que a tal efectoseñale la madre, actualizándose anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC. No procede hacer expresa imposición de las costas procesales".

SEGUNDO

La referida sentencia, que lleva fecha 12 de junio de 2000, se recurrió en apelación por la parte actora, seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación (registrado con el n° 228/2001), no habiéndose solicitado recibimiento a prueba en esta alzada, trayéndose los autos a la vista para, sentencia, la cual tuvo lugar el día 4 de julio de 2001 con la presencia de la parte apelante y de la apelada, la cual impugnó el recurso.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan José Cobo Plana, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRI...

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