SAN, 5 de Mayo de 1999

PonenteJUAN CARLOS FERNANDEZ DE AGUIRRE FERNANDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:1999:2849
Número de Recurso120/1998

Sentencia

Madrid, a cinco de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia

Nacional, el recurso número 120/98 promovido por el Letrado don Oscar Angel Gomara Romeo, en

nombre y reprentación de DÑA. Bárbara , contra la resolución de la DIRECCION

GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO de 19 de noviembre de 1.997, dictada por

delegación de la MINISTRA DE JUSTICIA, sobre nacionalidad, habiendo sido parte la

Administración demandada, el MINISTERIO DE JUSTICIA representado por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso se reclamó el expediente a la Administración y, siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte demandante para la formalización de la demanda, lo que verificó mediante escrito que obra en Autos, en el que expuso los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminando suplicando se dictara sentencia estimando en todas sus partes el contenido del recurso, concediendo la nacionalidad española a la recurrente.

SEGUNDO

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara a la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras expresar los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando que se dictara una Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto y confirmatoria de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

No habiéndose recibido el recurso a prueba y evacuado el oportuno trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, el cual tuvo lugar el día ventiocho de abril de mil novecientos noventa y nueve, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS FERNANDEZ DE AGUIRRE, quien expresa el parecer de la Sala.

CUARTO

La cuantía del presente recurso es indeterminada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo determinar, si es o no ajustada a Derecho, la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 19 de noviembre de 1.997, dictada por delegación de la Ministra de Justicia, por la que se deniega la concesión de la nacionalidad española a doña Bárbara , nacional de Libia.

SEGUNDO

Por resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 19 de noviembre de 1.998, dictada por delegación de la Ministra de Justicia, le fue denegada la concesión de la nacionalidad española a doña Bárbara , nacional de Libia, basándose dicha resolución en que "no ha justificado suficiente grado de integración en la sociedad española, ya que no se encuentra adaptada a las costumbres españolas, según informe del Juez Encargado del Registro".Disconforme con dicha resolución la representación de la recurrente interpone el presente recurso contencioso administrativo fundamentando su demanda, en esencia, sobre la base de las siguientes consideraciones:

  1. es esposa de Cesar , también conocido como Oscar , de nacionalidad española,

  2. al momento de solicitar la nacionalidad tenía tres hijos, todos ellos de nacionalidad española,

  3. ha acreditado residencia durante un año, legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición,

  4. el Ministerio Fiscal, en el expediente tramitado al efecto, ha emitido informe favorable a la concesión de la nacionalidad,

  5. habla y entiende correctamente la lengua castellana, y se encuentra integrada en la vida y costumbres españolas,

  6. su religión no le ha impedido en ningún momento la relación con otras confesiones ni ha constituido obstáculo para la convivencia.

TERCERO

La Administración ha denegado a la recurrente la concesión de la nacionalidad española al considerar, a la vista de lo dispuesto en el artículo 22.4 del Código Civil, que "no ha justificado suficiente grado de integración en la sociedad española, ya que no se encuentra adaptada a las costumbres españolas, según informe del Juez Encargado del Registro", cuestión que es discutida en la demanda.

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