SAP Barcelona, 3 de Febrero de 1999

PonenteFRANCISCO JAVIER BEJAR GARCIA
ECLIES:APB:1999:907
Número de Recurso543/1998
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

SENTENCIA N.ú.m

Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER BEJAR GARCIA.

DA MONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA

D. PABLO LLARENA CONDE

En la ciudad de Barcelona a tres de Febrero de mil novecientos noventa y nueve..

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial; el presente rollo de apelación nº 543/98, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 192/96, procedente del Juzgado de lo Penal nº 16 de Barcelona, seguido por un delito de amenazas-, contra Alexander ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Jesús de Lara en nombre y representación de Alexander , contra la Sentencia dictada en los mismos el dio 26 de Junio de 1998, por, el Sr. Juez del expresado Juzgado, siendo parte apelada DIRECCION000 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO. Que debo condenar y condeno a Alexander como responsable en concepto de autor de un delito de amenazas menos graves ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad-criminal, a las penas de TRES MESES de arresto mayor, sus accesorias de suspensión de cargo público y derecho de sufragio por el tiempo de la condena y al pago de las costas, procesales, con exclusión de las correspondientes a la Acusación particular".

SEGUNDO

Admitido el recurso -y de conformidad con lo establecido en el art 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los tramites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. magistrado D. FRANCISCO JAVIER BEJAR GARCIA.

HECHOS PROBADOSSE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia apelada, cuyo texto es el siguiente: "En la postrimerías del mes de septiembre de 1993 el acusado Alexander , mayor de edad y sin antecedentes penales, abogado de profesión, se puso en contacto telefónico con Franco , a la sazón secretario del consejo de administración del " DIRECCION000 ." a -quien indicó que siguiendo las instrucciones de los, cónyuges Luis Alberto y Lidia , ambos clientes de dicha entidad crediticia, tenia previsto presentar una querella criminal contra diversas personas de la dirección de la entidad bancaria por delito fiscal y delito de falsedad documental; interesando concertar una entrevista a -fin de poder tratar dicha cuestión para llegar a una solución que entendiere satisfactoria.

La entrevista solicitada se llevó a cabo el día 30 de septiembre de 1993 en la sede central. De la entidad bancaria; sita en la DIRECCION001 nº NUM000 de esta ciudad. Durante el curso de la misia el acusado mostró un borrador del escrito de querella que, tenia preparado y que, efectivamente, versaba sobre delitos contra la Hacienda Pública, y de falsedad en documento mercantil contra "las personas responsables de la administración del DIRECCION000 .". que concretaba en Hugo , Millán , Serafin , Carlos María y su interlocutor en esos momentos Franco , todos ellos con cargos de--, dirección y gestión, extendiéndola a las personas "responsables de la administración de Multidinero Fondo de Inversión -en activos del Mercado Monetaria" designado aquí como querellados al citado Millán , así como a Federico y a Claudio . El acusado Alexander expuso los motivos para la interposición de la misma a lo que Franco opuso que a "su juicio no existían razones para ello a la vista de los hechos que se recogían en el mencionado escrito, insistiendo en ello el acusado significándole que sus clientes, ajenos por completo a estas gestiones del acusado, accederían a desistir mediante una compensación económica adecuada, finalizando el encuentro tras entregarle el acusado a Franco dina copia del escrito de querella y de los: documentos anexos a la misma, y tras interpelarle éste último acerca de las pretensiones económicas, Alexander le indicó que se encontraba la cifra anotada en el reverso de la última pagina de la documentación entregada, constando en dicho lugar manuscrita la de "300.000.0000.-" esto es, trescientos millones-.

Franco , como así había anticipado al acusado, puso de inmediato -al corriente de la pretensión a los consejeros de la entidad -bancaria; manifestando éstos su rotunda negativa a entregar cualquier suma dineraria para evitar la presentación de la querella al entender que, no existían motivos que fundamentasen la misma.

A las 10:59 horas del día 1 de Octubre de 1993 el acusado Alexander cursó un fax desde su, despacho profesional a la atención de Franco en el que le comunicaba que tenia citados a los consortes Luis Alberto - Regina para última hora de esa mañana a fin de "proceder conforme está previsto y suscribir los escritos pertinentes", Indicándole que al carecer de una respuesta satisfactoria entendía que los "planteamientos eran acertados" informándole que "de no recibir una llamada por tu parte o de la entidad esta mañana, me veré en la necesidad de actuar en consecuencia".

De nuevo, a las 16:29 horas de la indicada fecha, el acusado remitió un segundo fax con igual destinatario en el que, tras manifestarle la absoluta imposibilidad de realizar una entrevista...

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