STSJ Comunidad de Madrid 604/2004, 23 de Abril de 2004

PonenteRAMON CUETO PEREZ
ECLIES:TSJM:2004:5131
Número de Recurso1348/2002
Número de Resolución604/2004
Fecha de Resolución23 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. RAMON CUETO PEREZD. GUSTAVO RAMON LESCURE CEÑALD. MARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00604/2004

Recurso: 1348/02.

Ponente: ILMO. SR. D. RAMON CUETO PEREZ.

Recurrente: Proc. Rosa Sorribes Calle.

Demandado: Abogado del Estado.

Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SENTENCIA NÚM.- 604

ILTMO. SR. PRESIDENTE

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. RAMON CUETO PEREZ

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

En Madrid a 23 de Abril de 2004.

. VISTO el recurso contencioso-administrativo que, con el número reseñado más arriba, ha correspondido a esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por la mercantil NORMA LEBENSMITTELFILIALBETRIEB GMBH, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Rosa Sorribes Calle, asistida de Letrado, contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 31 de julio de 2001 y de 29 de mayo de 2002, por las que se concedió la marca internacional nº 727.053, "NORMALITE" para su protección en España en la clase 5ª del nomenclator, y en el que la Administración General demandada ha estado representada y dirigida por la Abogacía del Estado, siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 23 de Abril de 2004.

Siendo Ponente Itmo. Sr. D. RAMON CUETO PEREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso jurisdiccional la impugnación de las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 31 de julio de 2001 y de 29 de mayo de 2002, confirmatoria esta última de la anterior al desestimar el recurso de alzada interpuesto por la empresa aquí actora NORMA LEBENSMITTELFILIALBETRIEB GMBH, contra la concesión y protección registral de la marca internacional número 727.053, "NORMALITE", en clase 5ª del nomenclator, productos farmaceuticos, veterinarios e higiénicos, y en su demanda la representación procesal de la empresa alega, sustancialmente, su derecho prioritario como titular de la marca comunitaria nº 213.769 "NORMA", cuya comparación con la concedida supone la lógica conclusión de que, por su parecido, se produce un alto riesgo de inducción a error o confusión en el mercado, a lo que se añade la total y absoluta identidad de los productos protegidos por las marcas en conflicto, lo que entraña un mayor riesgo de confundibilidad; concluye en la existencia de riesgo de asociación entre ambas marcas y un aprovechamiento del crédito y prestigio ajenos, a lo que añade los precedentes administrativos por la denegación de otras marcas "NORMA" y del nombre comercial "Grupo Norma" por la preexistencia de la marca comunitaria nº 213.769, que se opone en este recurso.

SEGUNDO

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