Sentencias sobre Unión temporal de empresas

10 sentencias sobre Sentencias sobre Unión temporal de empresas

  • STSJ Extremadura 441/2008, 18 de Septiembre de 2008

    DESPIDO IMPROCEDENTE. PRUEBA DE APTITUD. Así pues cabe afirmar, en primer lugar, que en el caso que nos ocupa concurrían las condiciones que sustancialmente explican la prohibición (o declaración de nulidad) del pacto sobre período de prueba (art. 14.1, párrafo tercero, ET), cuales son la probada aptitud del trabajador y conocimiento de ello por el empresario; y, en segundo lugar, que la cláusula

  • STSJ Andalucía 2004/2008, 2 de Julio de 2008

    ACCIDENTE DE TRABAJO. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS. Dado que en las referidas Sentencias se menciona y trascribe el contenido de diversas Sentencias del Tribunal Supremo, puede darse respuesta a la cuestión planteada, afirmando que por la Magistrado de instancia no se incurre en vulneración alguna en este punto, puesto que ninguna imprudencia puede imputarse al...

  • STSJ Andalucía 3339/2001, 13 de Noviembre de 2001

    CONTRATO DE TRABAJO. RECLAMACIÓN DE DERECHOS ECONÓMICOS POR SUS PRESTACIONES SERVICIALES. Existe, al no poderse partir de distinto presupuesto, una unidad de prestación servicial que, a la postre, beneficiaba a las dos empresas que ofertaron bajo dicha forma asociativa temporal. Esta responsabilidad, es solidaria e ilimitada respecto la que surge dentro de la concreción temporal en que ésa

  • STSJ Canarias , 6 de Octubre de 2004

    CONVENIOS COLECTIVOS. SUBROGACIÓN. La determinación de la duración y de la vigencia de los convenios corresponde a las partes negociadoras. La empresa cesionaria está obligada a asumir los efectos económicos desplegados durante la vigencia del convenio y mientras los trabajadores aún formaban parte de la plantilla de la empresa cedente en su condición, atribuida por el art. 44 del ET , de nuevo...

  • STSJ Canarias , 30 de Octubre de 2000

    SUBROGACIÓN. APLICABILIDAD DEL ARTÍCULO 44 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES. La aplicación del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores en la sucesión de contratos requiere la transmisión de medios patrimoniales para continuar la actividad y sucesión de ésta, pero, tal transmisión, o la sucesión de actividad, no será necesaria cuando la subrogación está prevista expresamente en pacto suscrito

  • STSJ Asturias , 25 de Julio de 2003

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. INDEMNIDAD. El derecho a la tutela judicial efectiva no solo se satisface mediante la actuación de los jueces y tribunales sino también a través de la garantía de indemnidad. Se desestima el recurso.

  • STSJ Navarra , 31 de Octubre de 2000

    FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. ACCIDENTE DE TRABAJO. DESESTIMACIÓN. Frente a la Sentencia de instancia que con desestimación de la demanda declaró la existencia de falta de medidas de seguridad en el accidente sufrido por el trabajador condenando conjunta y solidariamente a la Unión Temporal de Empresas al recargo del 30% de las prestaciones, derivadas de dicho accidente, se alza en Suplicación

  • STSJ Cataluña , 15 de Febrero de 2001

    CONTRATO PARA OBRA DETERMINADA. Lo que en realidad determina la existencia de cesi?n que el aludido art. 43 del Estatuto proh?be como acción especulativa por razones de seguridad de la relación laboral, es la contratación del trabajador para una empresa que trabaj? personalmente para otra bajo las ordenes de ella, ya que en tal supuesto y al desaparecer su vinculación con la contratante inicial,...

  • STSJ País Vasco , 26 de Junio de 2001

    EMPRESA Y CONTRATO DE TRABAJO. DUALIDAD DE EMPRESARIOS. ANÁLISIS DEL CASO. Las garantías y los marcos de contratación dentro de nuestro derecho quedan perfectamente establecidos y fijados, en orden a proscribir cualquier tipo de disposición de las personas empleadas, que quedan garantizadas de la enajenación de su trabajo entre empresas, por lo cual si una entidad contrata a unos trabajadores y...

  • STSJ Asturias , 24 de Enero de 2003

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DESPIDO DISCRIMINATORIO. LITIGIOSIDAD. Existe despido discriminatorio cuando el motivo del mismo se funda en las circunstancias de litigiosidad que promueven los trabajadores despedidos. Se desestima el recurso.

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