Artículos doctrinales sobre Títulos inscribibles
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La inscripción en el Registro de la propiedad de los documentos públicos extranjeros en las nuevas Leyes de Jurisdicción Voluntaria y de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil
La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, introduce una disposición adicional tercera, relativa a la inscripción en los registros públicos de documentos públicos extranjeros. Esta norma resulta asistemática por dos motivos. En primer lugar, porque la propia Ley de Jurisdicción Voluntaria incorpora un capítulo I relativo a normas de Derecho Internacional Privado, dentro del...
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La inscripción de documentos públicos extranjeros en el Registro de la Propiedad español; crítica a la Resolución de la DGRN de 22 de febrero de 2012 y a la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de junio de 2012 (a propósito de las Resoluciones de 14 de septiembre de 2016 y 17 de abril de 2017)
En el presente trabajo se critica con dureza cierta doctrina novedosa, jaleada por algunos autores, y hecha suya, incomprensiblemente, por la DGRN (Resolución de 12 de febrero de 2012) y el Tribunal Supremo (Sentencia, Sala de lo Civil, de 19 de junio de 2012), que se estima claramente desacertada y muy peligrosa para la seguridad jurídica preventiva, respecto de los efectos del documento...
- Eficacia en España de los documentos públicos extranjeros en la Ley 29/2015, de la cooperación jurídica internacional en materia civil
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Poderes extranjeros y juicio de equivalencia
Este trabajo parte de un análisis de cuál es la normativa actualmente vigente en nuestro país para la admisión de los documentos extranjeros y del concepto de juicio de equivalencia, cuya aplicación adquiere especial relevancia tratándose de poderes de representación autorizados en el extranjero, máxime si se trata de documentos procedentes de países del common law, donde la función desempeñada...
- La calificación de los documentos judiciales en la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria
- Efectos en España de los documentos públicos extranjeros
- Algunos problemas del régimen jurídico de los actos inscribibles relativos a ciudadanos británicos
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Análisis jurisprudencial sobre la necesidad de expresar la causa en los títulos inscribibles
Causa El sistema registral español es claramente causalista, lo que significa que el negocio o acto que ocasiona la modificación jurídico-real que llega al Registro, debe tener causa y además, ésta debe expresarse siempre en el título formal que recoge el acto o negocio, y por lo tanto, incorporarse con él al Registro de la Propiedad. En estas líneas hemos analizado la doctrina de la Dirección
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Naturaleza y efectos de las copias de escrituras públicas, tanto en soporte papel como electrónico, y de las certificaciones registrales.
Introducción. -A) Términos en que se solicita el dictamen. -B) Algunas precisiones previas al dictamen: I. Clases de documentos: A) Documentos públicos. B) Documentos oficiales. C) Documentos privados. II. Examen de los distintos documentos públicos, según su autor y efectos: A) Documentos públicos en general. B) Referencia especial a los documentos notariales. C) Originales, copias y testimonios:
- Líneas generales del Derecho Registral portugués
- Herrero Oviedo, Margarita: Del documento público al título inscribible. Editorial Iustel.
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Hechos y títulos inscribibles en materia urbanística. Conferencia pronunciada en la Academia Sevillana del Notariado el día 17 de noviembre de 1997
I. Planteamiento. La coordinación entre el urbanismo y el Registro de la Propiedad y el concurso de competencias. II. Actos inscribibles. III. Títulos inscribibles.
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La referencia catastral en los documentos inscribibles
A) Constancia documental de la referencia catastral: a) Documentos en que debe constar; b) Excepciones; c) Forma de acreditar la referencia catastral.-B) Constancia registral de la referencia catastral: 1. Constancia de la referencia catastral al practicar algún asiento. 2. identificación catastral como operación específica. 3. Modificación de referencia catastral inscrita. 4. Inmatriculación de...
- Títulos inscribibles. Instrumentos públicos y Registro de la Propiedad
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Títulos inscribibles
Concepto. Clases. Requisitos. Titulación ordinaria y supletoria. Titulación ordinaria. Titulación supletoria.
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Resolución de 12 de abril de 2002 por la que se resuelve consulta vinculante formulada por el limo. Presidente del Consejo General del Notariado conforme al artículo 103 de la ley 24/2001 de 27 de diciembre sobre la interpretación del artículo 98 de dicha ley respecto de los títulos inscribibles en los registros.
ANTECEDENTES DE HECHO 1. El Consejo General del Notariado formula a esta Dirección General consulta vinculante acerca del criterio de este Centro Directivo «sobre el ámbito de aplicación del artículo 98 de la Ley 24/2001 respecto de los títulos inscribibles cuando éstos contengan un juicio notarial de suficiencia de representación o apoderamiento por parte del Notario; específicamente si -no
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Hechos inscribibles
Hechos del estado civil. La publicidad de los hechos. Publicidad en el Registro civil. La publicidad material. La publicidad formal. Libro de familia. Fe de vida y estado.
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Contrato de transacción: Título inscribible (Comentario a las Resoluciones de 25 de febrero, 9 y 10 de marzo de 1988)
A) Concepto.-B) Naturaleza jurídica- a) Transacción; b) Figuras afines Allanamiento, desistimiento, renuncia y caducidad Convenio de suspensión de pagos. Convenio regular de la separación Novación. Acto de conciliación.-C) Elementos. a) Personales; b) Reales; c) Formales.-D) Contenido: a) Validez; b) Eficacia.-E) Clases: a) Extrajudicial, b) Judicial Extraprocesal (causa). Procesal (objeto).-F)...
- Desde la teoría del título y modo al llamado principio del consentimiento
- Título y modo en el Derecho español