Tenencia ilícita de explosivos
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STS 299/2014, 31 de Marzo de 2014
* Tenencia de explosivos (art. 568 CP). Ni el delito de daños mediante explo- sivos (art. 266.1 CP) ni los delitos contra la integridad física o la vida cometidos con explosivos desplazan o absorben el delito de tenencia de explosivos. En su caso podría aplicarse un concurso medial si la fabricación o tenencia de explosivo tenía como único y exclusivo propósito ese resultado delictivo.
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STS 388/2015, 18 de Junio de 2015
TENENCIA DE EXPLOSIVOS. CADENA DE CUSTODIA. Infracción del artículo 568 CP. Error en la apreciación de la prueba. Salvo casos en los que se constate irracionalidad o arbitrariedad, el cauce casacional no está destinado a suplantar la valoración por parte del Tribunal sentenciador, de las pruebas apreciadas. Lo que sí debe examinar es, si la valoración de dicho Tribunal se ha producido a partir de