Sentencias sobre Revisión de oficio

289 sentencias sobre Sentencias sobre Revisión de oficio

  • STS, 3 de Diciembre de 2002

    CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. No hay lugar por no darse la identidad de hechos, fundamentos y pretensiones que es necesaria para que proceda casar la sentencia impugnada. Pretendida contradicción entre la sentencia dictada por el Tribunal Superior de justicia en Cataluña (sala de lo contencioso-administrativo, sección 1ª) con sentencias del Tribunal Supremo en materia de retasación.

  • STS, 4 de Marzo de 2009

    La recurrente plantea dos motivos frente a la sentencia de instancia, desestimatoria del recurso interpuesto contra el rechazo del recurso de administrativo de revisión planteado contra un Decreto regional aprobatorio de la bandera de un municipio. La Sala inadmite el primer motivo, al tener por objeto la interpretación de una norma autonómica, si bien razona por qué no se puede afirmar...

  • STS, 19 de Diciembre de 2001

    "TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. INCONGRUENCIA OMISIVA: Se trataba de razones serias, explicadas y justificadas, que debieron ser respondidas por el Tribunal de instancia, y que, sin embargo, éste no estudió en absoluto, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva, incurriendo en otro caso en lo que se ha llamado ""incongruencia omisiva"". Se estima el recurso de casación."

  • STS, 27 de Diciembre de 2005

    RECURSO DE CASACIÓN. ACCIÓN DE REVISIÓN DE ACTOS NULOS DE PLENO DERECHO. URBANISMO. Se impugnan en el presente recurso de casación la sentencia que dictó la Sala de lo Contencioso Administrativo por medio de la cual se desestimaron los recursos acumulados formulados por las asociaciones contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento por el que se desestimó la solicitud formulada por las...

  • STS, 12 de Julio de 2006

    LICENCIAS. El acto impugnado es la negativa del Ayuntamiento a revisar las licencias de actividad y de obra que habían devenido consentidas y firmes. Las causas de anulación de las licencias conforme a lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común , bien por infringir el ordenamiento jurídico bien por...

  • STS, 22 de Noviembre de 2006

    RECURSO DE CASACIÓN. SENTENCIA. INCONGRUENCIA. Existe incongruencia omisiva o por defecto cuando el juez resuelve ultra petita partium o más allá de las peticiones de las partes. Se estima el recurso.

  • STS, 26 de Septiembre de 2005

    GUARDIA CIVIL. BAJA. Si efectivamente por la forma en que fue expulsado el guardia civil se le dejó indefenso en julio de 1980, al privarle la actuación del Ministerio de Defensa de un trámite esencial, eso no significa que el mismo tenga derecho a que se incoe el procedimiento de revisión de oficio porque para que tal cosa sucediera sería preciso que subsistiera la indefensión material que ...

  • STS, 17 de Noviembre de 2005

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. NULIDAD. URBANIZACIÓN. Se interpone recurso contencioso administrativo solicitando se declare la obligación del Ayuntamiento de Los Molinos de ejecutar el acto presunto accediendo a la petición de que se declarase la nulidad radical de la constitución de la Entidad Urbanística de Conservación Cerca de la Mora Alta. El auto recurrido no decide pretensiones...

  • STS, 12 de Julio de 2006

    ACCIÓN DE NULIDAD. URBANISMO. La denominada acción de nulidad prevista en el artículo 102 de la Ley 30/1992 , en la redacción vigente al tiempo en que se dictó esa resolución, sólo cabe contra los actos administrativos, y no contra las disposiciones de carácter general. Se desestima el recurso Contencioso Administrativo. No se hace lugar al recurso de Casación.

  • STS, 24 de Febrero de 2003

    SUBVENCIÓN AL TABACO. DEVOLUCIÓN DE PAGOS INDEBIDOS. Los actos administrativos originariamente impugnados acuerdan la devolución de anticipos de primas a la producción de tabaco, previstas en el marco de la Organización Común Europea del Mercado de Tabaco, que la Administración estima indebidamente percibidas por la sociedad recurrente durante determinadas cosechas o períodos. Calificar el...

  • STS, 17 de Mayo de 2005

    EXCESOS DE BENEFICIOS DE EMPRESAS INTERNACIONALES. INGRESO AL TESORO. ACUERDO DE GESTIÓN TRIBUTARIA EN CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA. AUSENCIA DE INCUMPLIMIENTO DE PROCEDIMIENTO. AUSENCIA DE INCOMPETENCIA. Si el acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de Hacienda de Sevilla, relativo a la liquidación del Impuesto de Sociedades se ha dictado en cumplimiento de la sentencia...

  • STS, 4 de Noviembre de 2004

    SUBOFICIALES. Se aprecia que el ascenso del suboficial incurrió en nulidad de pleno derecho. El procedimiento en que fue dictado el acuerdo recurrido en este proceso quedó suspendido durante el tiempo que medió entre la petición del dictamen del Consejo de Estado y su recepción (art. 42.5.c) de la LRJ/PAC), y con ese descuento, el lapso temporal computable entre la iniciación y el acuerdo ...

  • STS, 25 de Septiembre de 2007

    CUOTAS DE URBANIZACIÓN. DEVOLUCIÓN DE PAGOS INDEBIDOS. DOCTRINA DE LOS ACTOS PROPIOS. Se reclama la devolución de cuotas de urbanización. El principio de seguridad jurídica impide que los interesados se aprovechen de los actos administrativos en cuanto les benefician (construir con el amparo de una licencia) sin impugnarlos en cuantos les perjudican (el pago que exigen), y reaccionar contra los...

  • STS, 7 de Febrero de 2003

    Impuesto sobre Sociedades. Las bases de la regularización controvertida fueron consentidas por la recurrente que, solo después de quedar firmes, pretendió acudir a la via del art. 154 de la Ley General Tributaria para que la propia Administración anulara el acto administrativo no recurrido y en tales circunstancias procedimentales, lo que tiene que concurrir para que fuera procedente dicha...

  • STS, 11 de Noviembre de 2003

    RECURSO DE CASACIÓN. ADMINISTRATIVO. LEGITIMACIÓN ACTIVA.. Se interpone recurso de casación contra la sentencia de la Sala en lo Contencioso- Administrativo que declara inadmisible el mismo por falta de legitimación activa que se llevaba a cabo contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, en sesión celebrada el día 7 de noviembre de 1996, por el que se aprueba...

  • STS, 4 de Noviembre de 2005

    INCUMPLIMIENTO REQUISITOS DE SUBVENCIÓN. Habiendo podido sin más declarar ya en 1997 el incumplimiento de las condiciones impuestas y la obligación de reintegrar los fondos públicos, la Administración no revocaba ningún derecho, antes bien mostraba una actitud benevolente y favorable a la empresa beneficiaria al concederle una no obligada prórroga para el cumplimiento del proyecto, sometida a las

  • STS, 30 de Diciembre de 2002

    Oposición a Oficiales de la Administración de Justicia.- Error material.- Discrecionalidad técnica del Tribunal calificador.

  • STS, 7 de Junio de 2002

    DECLARACIÓN DE LESIVIDAD. ACUERDOS DE AYUNTAMIENTO. La desestimación de la pretensión de nulidad del acto que fue objeto de la declaración de lesividad se funda, asimismo, en la falta de concurrencia del presupuesto de que el acto tenga el carácter de ser lesivo para el interés publico. En primera instancia se desestima contencioso administrativo. Se desestima casación.

  • STS, 23 de Septiembre de 2002

    IVA. Para que la exención pueda tener total efectividad, se precisaba que se tratase, o se trate, de prestaciones de servicios típicos de asistencia social, o, lo que es lo mismo, de prestación de alguno de los servicios señalados como tales en la propia disposición, pero no solo eso, sino que el servicio, en cuanto aquí interesa, estuviera prestado por entidades o establecimientos privados de...

  • STS, 29 de Enero de 2000

    ACTO ADMINISTRATIVO. Entre las situaciones consolidadas que han de considerarse no susceptibles de ser revisadas, como consecuencia de la nulidad que ahora declaramos, figuran no sólo aquéllas decididas mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada, sino también, por exigencia del principio de seguridad jurídica, las establecidas mediante las actuaciones administrativas firmes; la conclusión...

  • STSJ Comunidad de Madrid 222/2010, 5 de Marzo de 2010

    ACTO ADMINISTRATIVO. REVISION DE OFICIO. Al aplicar a sus ejercicios dos criterios de valoración diferentes, consagró así una desigualdad de trato entre los aspirantes contraria al artículo 23.2 CE contra la que de inmediato reaccionó el demandante de amparo. Lleva razón la Sala cuando concluye que fue el propio aquietamiento de la recurrente lo que determinó su distinta posición jurídica. Lo que

  • STS, 29 de Mayo de 2002

    RECURSO DE CASACIÓN. CUESTIÓN NO RESUELTA EN LA SENTENCIA. Se impugna sentencia que anula resolución administrativa. En casación no se puede plantear una cuestión nueva no resuelta en la sentencia de instancia por más que se haya alegado en el proceso. En ese caso primero hay que atacar la incongruencia de la sentencia de instancia. La demanda fue estimada. La casación fue desestimada

  • STS, 24 de Abril de 2003

    CUESTIONES DE COMPETENCIA. Dado que en el caso que nos ocupa el recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra un acto que debe entenderse dictado por el Presidente de una Entidad Pública Empresarial con competencia en todo el territorio nacional, la cuestión de competencia debe resolverse atribuyendo el conocimiento del mencionado recurso al Juzgado Central nº 2 por virtud de lo

  • STS, 2 de Diciembre de 2008

    EXPROPIACIÓN FORZOSA. Es razonable, además, que dicha competencia le sea reconocida al Consejo de Ministros, dado que los Jurados Provinciales de Expropiación Forzosa, aun siendo indudablemente órganos de la Administración General del Estado, se hallan fuera de la línea jerárquica, precisamente para asegurar su independencia de criterio. El art. 35 LEF dispone que la resolución del Jurado ""ultima

  • STS, 7 de Mayo de 2008

    "PERSONAL LABORAL. FUNCIONARIZACIÓN. El Derecho Administrativo español solo admite la revocación de sus actos no declarativos de derechos y los de gravamen; por el contrario, tratándose de actos favorables la regla general es la irrevocabilidad, admitiéndose la revisión de oficio exclusivamente para los actos nulos de pleno derecho, en tanto que para los actos anulables solo cabe, tras la Ley 4/19

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