Sentencias sobre Registro de la marca

80 sentencias sobre Sentencias sobre Registro de la marca

  • STS 1410/2018, 24 de Septiembre de 2018

    Concesión de marca. "Sueldo de tu vida". ONCE Y NESTLE. Artículo 8.1 de la Ley de Marcas.

  • STS 674/2017, 15 de Diciembre de 2017

    INSCRIPCIÓN DE MARCA. ACCIÓN DE NULIDAD. PRESCRIPCIÓN. Existe mala fe a los efectos de entender imprescriptible la acción de nulidad basada en una inscripción afectada por una prohibición, cuando la inscripción constituya un incumplimiento doloso del contrato que mediaba entre las partes. Se desestima el recurso extraordinario por infracción procesal. Se estima el recurso de casación.

  • STS 29/2007, 25 de Enero de 2007

    REGISTRO DE MARCAS. NULIDAD POR CONFUNDIBILIDAD. REPRESENTACIÓN GRÁFICA. CALZADO DEPORTIVO. Se reclama que se declare la nulidad del registro de una marca por confundibilidad con otra prioritaria y de un modelo industrial por falta de novedad. Contribuye a la apreciación de la confundibilidad la identidad de productos - calzado deportivo- (cuanto más similares sean los productos o servicios...

  • STS, 14 de Junio de 2007

    "MARCAS. PROHIBICIONES. Entre la marca cuyo registro se pretende, y la marca prioritaria opuesta, no existen las suficientes diferencias para su perfecta diferenciación en el mercado, de manera que es posible el riesgo de confusión para el consumidor medio de los productos que una y otra distinguen, dado que las denominaciones contrapuestas son totalmente idénticas ""Flamenco"", sin perjuicio de...

  • STS, 22 de Septiembre de 2004

    DENEGACIîN DE MARCA. La distinci—n de los servicios que amparan las marcas aspirantes y las marcas obstaculizadoras en raz—n de la especificidad de los sectores en que se ofrecen, compensa la similitud fonŽtica apreciable entre las marcas confrontadas. Aunque no existan suficientes diferencias fonŽticas, pueden distinguirse al dirigirse a amparar servicios especializados, y compensarse el grado...

  • STS, 10 de Julio de 2007

    Concesión de registro. Error patente. Producto común. Riesgo de confusión entre marcas

  • STS 47/2009, 10 de Febrero de 2009

    Recurso extraordinario. Nombre comercial. Actos de competencia desleal ni infracción de derechos de propiedad industrial. Marca comunitaria

  • ATS, 26 de Septiembre de 2013

    MARCAS. Debe afirmarse que un asunto revestirá un contenido de generalidad que justifique su admisión, entre otros, en los siguientes casos: primero, cuando se trate de un recurso que plantee una cuestión interpretativa y aplicativa del Ordenamiento Jurídico sobre el que no haya doctrina jurisprudencial, o, aún habiéndola, haya sido desconocida o infringida por el Tribunal de instancia; segundo,...

  • ATS, 26 de Septiembre de 2013

    MARCAS. REGISTRO. Por la existencia de posibles diferencias entre los registros enfrentados, que a juicio de la recurrente, no fueron tenidas en cuenta por el Tribunal sentenciador, y que ya hemos descartado su omisión en nuestras consideraciones anteriores, la marca aspirante podría haber accedido a registro. Por tanto, se trata de un motivo en que la cuestión jurídica tiene por objeto una...

  • STS, 20 de Julio de 2004

    MARCAS. DENEGACIîN. PROHIBICIîN DE SIMILITUD. Entre la marca solicitante y la marca oponente con gr‡fico no existen suficientes diferencias fonŽticas y gr‡ficas en la comparaci—n del conjunto para evitar el riesgo de error o confusi—n entre los consumidores y usuarios y el riesgo de asociaci—n entre empresas. La evidente similitud en la percepci—n fonŽtica del conjunto de ambas marcas avalan...

  • ATS, 26 de Septiembre de 2013

    MARCAS. Debe afirmarse que un asunto revestirá un contenido de generalidad que justifique su admisión, entre otros, en los siguientes casos: primero, cuando se trate de un recurso que plantee una cuestión interpretativa y aplicativa del Ordenamiento Jurídico sobre el que no haya doctrina jurisprudencial, o, aún habiéndola, haya sido desconocida o infringida por el Tribunal de instancia; segundo,...

  • STS, 23 de Marzo de 2007

    INSCRIPCIÓN DE MARCA. No se observa en error o arbitrariedad al realizar la comparación entre las marcas. La Sala de instancia concluye que las denominaciones incluidas en los gráficos excluyen cualquier riesgo de confusión, y esta apreciación no puede ser rebatida en casación. Esto determina, también, la exclusión del aprovechamiento de la reputación ajena que se denuncia. La figura de un jamón,

  • STS, 9 de Julio de 2008

    "DERECHO DE MARCAS. JUICIO DE RIESGO DE CONFUNDIBILIDAD. La entidad mercantil CARTIER INTERNATIONAL BV recurre la resolución del Director General de la Oficina Española de Patentes y Marcas que condeció la inscripción de la marca nacional ""CC CONDE DE CERRAGERÍA"". Alega incongruencia omisiva de la sentencia y error jurídico. La Sala de instancia no ha incurrido en incongruencia omisiva, puesto...

  • STS, 25 de Junio de 2003

    MARCAS. REGISTRO. PROHIBICIÓN. Se impugna sentencia desestimatoria. La identidad de las marcas no permite el registro de la de fecha posterior sin excepción. El hecho que los productos sean de naturaleza distinta no es fundamento para permitir el registro. La demanda fue desestimada. La casación fue estimada

  • ATS, 26 de Septiembre de 2013

    MARCAS. No puede prosperar la alegación relativa a la posible vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de la recurrente pues, como ha dicho esta Sala de forma constante, ese derecho no se vulnera por la apreciación razonada de una causa de inadmisión del recurso de casación prevista legalmente. El derecho a la tutela judicial efectiva es "un derecho prestacional de configuración...

  • STS, 27 de Marzo de 2003

    MARCAS. REGISTRO. PROHIBICIONES. Se impugna sentencia desestimatoria. No podrán registrarse como marcas los signos o medios: a) Que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos o servicios idénticos o similares puedan inducir a confusión en el mercado o generar un riesgo de asociación con la marca...

  • STS, 29 de Noviembre de 2004

    Recurso contencioso administrativo. Riesgo de confusión. Inscripción de la marca mixta. Patentes y marcas

  • ATS, 29 de Abril de 2014

    NULIDAD DE MARCAS REGISTRADAS. MALA FE EN LA SOLICITUD DE SU REGISTRO.-Recurso de casación interpuesto por la vía del ordinal 3º contra Sentencia recaída en juicio ordinario seguido por razón de la materia .- Admisión de los recursos.- Aplicación Ley 37/2011.

  • STS 273/2006, 24 de Marzo de 2006

    Signo distintivo mediante el registro. Solicitud de concesión. Acción de competencia desleal. Uso de la marca

  • STS, 6 de Febrero de 2007

    MARCA. CONCESIÓN REGISTRO RÓTULO. Efectuada una comparación de conjunto entre el rótulo del establecimiento solicitado y las marcas enfrentadas, siguiendo las pautas anteriormente expuestas, no se advierte que la coincidencia en cuanto al término «ÓPERA» pueda generar riesgo de confusión o de asociación al ser suficientemente distintivo el gráfico que integra el rótulo de establecimiento. Que...

  • STS 82/2007, 9 de Febrero de 2007

    "TRANSGRESIÓN DE GARANTÍAS PROCESALES. Se ha producido una real privación o limitación del derecho de defensa como consecuencia de una omisión del órgano judicial, ya que ""los errores judiciales, cuando no son imputables a la negligencia de la parte, no deben producir efectos negativos en la esfera jurídica del ciudadano, pues si así se entendiera se configuraría una indefensión contraria al...

  • ATS, 26 de Septiembre de 2013

    Auto de admisión. Oposición. Causas no oponibles.

  • STS, 25 de Junio de 2003

    MARCAS. PROHIBICIONES. SIGNO HABITUAL O USUAL. Se impugna sentencia desestimatoria. Esta prohibido la inscripción de marcas identicas a marcas ya inscriptas. En el caso de signos que se han convertido en habituales o usuales no rige la prohibición porque tiene carácter común y no es susceptible de ser apropiado por nade en exclusiva. La demanda fue desestimada. La casación fue desestimada

  • STS, 31 de Mayo de 2005

    DENEGACIÓN DE MARCA. La Sentencia recurrida recoge que pese a las diferencias denominativas y gráficas existentes entre ambas marcas, la coincidencia del término más conspicuo entre ambos signos y su común pertenencia al mismo campo aplicativo hace posible la confusión entre ellos. Semejante valoración es una apreciación de hecho que no podemos revisar en esta sede de casación en la medida en que

  • STS, 30 de Junio de 2003

    MARCAS. REGISTRO. PROHIBICIÓN. Se impugna sentencia desestimatoria. No podrán registrarse como marcas los signos o medios que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos o servicios idénticos o similares puedan inducir a confusión en el mercado o generar un riesgo de asociación con la marca anterior. La

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