Sentencias sobre Recurso administrativo de revisión
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ATS, 29 de Enero de 2021
JURA DE CUENTAS. PLAZO PARA RECLAMAR HONORARIOS. El Tribunal Supremo determina que el plazo de caducidad aplicable a la jura de cuentas es de un año, y no de dos años. Aunque los artículos 34 y 35 de la LEC no fijen un límite temporal para la reclamación de honorarios, su propia naturaleza incidental y las características de este cauce privilegiado, que permite el cobro inmediato de los...
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STS 1/1997, 2 de Junio de 2010
EXPEDIENTE DE REPOSICIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. RECURSO DE REVISIÓN: PRESUPUESTOS. Es reiterada la doctrina jurisprudencial que establece que la naturaleza especialísima, excepcional y extraordinaria del recurso de revisión, exige un enjuiciamiento del mismo inspirado en un criterio estricto de aplicación, limitándose a los casos taxativamente tasados, sin interpretaciones analógicas o...