Puertos francos
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STSJ Cataluña , 29 de Marzo de 2001
TARIFAS PORTUARIAS. JURISDICCIÓN. Las tarifas portuarias son precios privados. La Autoridad Portuaria pese a ser un ente de Derecho público goza de patrimonio independiente del Estado y actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado. Al tener la contraprestación económica objeto de tales liquidaciones la naturaleza de precio privado, no es competente para conocer de las cuestiones relativas