Prescripción de la infracción
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ARTÍCULO 30.1
1. Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por...
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STS, 11 de Mayo de 1998
Recurso sobre solicitud de paralización de obras de transformación de almacén agrícola en vivienda unifamiliar. Licencia para la construcción. Demolición. Prescripciones urbanísticas
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STS, 10 de Marzo de 1998
Escritura publica. Demolición de obras. Silencio administrativo del recurso. Licencia