Modelos sobre Objeto
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Recurso contencioso administrativo por silencio administrativo
El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso (artículo 45 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) salvo cuando la Ley reguladora de la Jurisdicción...
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Interposición contra una inactividad de la Administración
El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando la LJCA 29/1998 disponga otra cosa. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses.
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Escrito solicitando ampliación del recurso (desestimación expresa posterior)
Cuando en los recursos contencioso-administrativos interpuestos contra actos presuntos la Administración dictare durante su tramitación resolución expresa respecto de la pretensión inicialmente deducida, podrá el recurrente desistir del recurso interpuesto con fundamento en la aceptación de la resolución expresa que se hubiere dictado o solicitar la ampliación a la resolución expresa.
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Escrito solicitando la acumulación de autos
Interpuestos varios recursos Contencioso-Administrativos con ocasión de actos, disposiciones o actuaciones acumulables, el órgano jurisdiccional podrá en cualquier momento procesal, previa audiencia de las partes por plazo común de cinco días, acordar la acumulación de oficio o a instancia de alguna de ellas.
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Interposición contra acto o resolución de carácter expreso
El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando la LJCA 29/1998 disponga otra cosa. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde...
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Escrito solicitando la ampliación del recurso (acto administrativo conexo)
Son acumulables en un proceso las pretensiones que se deduzcan en relación con un mismo acto, disposición o actuación; y también las que se refieran a varios actos, disposiciones o actuaciones cuando unos sean reproducción, confirmación o ejecución de otros o exista entre ellos cualquier otra conexión directa.
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Solicitud de medidas cautelares en relación a una disposición general
Los interesados pueden solicitar en cualquier estado del proceso la adopción de cuantas medidas aseguren la efectividad de la sentencia, pero si se impugna una disposición general, y se solicita la suspensión de la vigencia de los preceptos impugnados, la petición deberá efectuarse en el escrito de interposición o en el de demanda.
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Interposición cuando el objeto de recurso sea derivado de una vía de hecho
El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando la LJCA 29/1998 disponga otra cosa. El plazo para interponer el recurso será de diez días a contar desde el día siguiente a la...
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Escrito evacuando el traslado referente a fijación de la cuantía
El órgano jurisdiccional fijará la cuantía del recurso contencioso-administrativo una vez formulados los escritos de demanda y contestación, en los que las partes podrán exponer, por medio de otrosí, su parecer al respecto. Cuando así no se hiciere el órgano jurisdiccional requerirá al demandante para que fije la cuantía, concediéndole al efecto un plazo no superior a diez días, transcurrido el...
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Escrito por el que se impugna la cuantía
El órgano jurisdiccional fijará la cuantía del recurso contencioso-administrativo una vez formulados los escritos de demanda y contestación, en los que las partes podrán exponer, por medio de otrosí, su parecer al respecto. Cuando así no se hiciere el órgano jurisdiccional requerirá al demandante para que fije la cuantía, concediéndole al efecto un plazo no superior a diez días, transcurrido el...
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Recurso directo contra disposiciones generales
Los recursos directos contra disposiciones generales gozan de preferencia y, una vez conclusos, son antepuestos para su votación y fallo a cualquier otro recurso contencioso-administrativo, salvo el proceso especial de protección de derechos fundamentales.
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Escrito impugnando la solicitud de acumulación de recursos instada por la otra parte
Interpuestos varios recursos Contencioso-Administrativos con ocasión de actos, disposiciones o actuaciones acumulables, el órgano jurisdiccional podrá en cualquier momento procesal, previa audiencia de las partes por plazo común de cinco días, acordar la acumulación de oficio o a instancia de alguna de ellas.