Sentencias sobre Mejoras voluntarias

547 sentencias sobre Sentencias sobre Mejoras voluntarias

  • STSJ Comunidad de Madrid 1142/2005, 24 de Octubre de 2005

    ACCIDENTE DE TRABAJO. INDEMNIZACIÓN. ESTADO DE LAS HERRAMIENTAS. CASO FORTUITO. NEGLIGENCIA EMPRESARIAL. Se reclama indemnización por los daños daños y perjuicios sufridos derivados de accidente de trabajo. En primer término, hemos de reparar que la actividad desempeñada por el compañero de trabajo del actor era peligrosa, y con riesgo de desprendimiento de partículas, y ello por el propio ...

  • STSJ Aragón 650/2010, 29 de Septiembre de 2010

    ACCIDENTE DE TRABAJO. INCAPACIDAD TEMPORAL. La mejora voluntaria de la Seguridad Social establecida en el art. 73 del XI Convenio Colectivo de Opel España de Automóviles, SL, cuya fuente reguladora es la propia norma colectiva que la instauró, se refiere a los accidentes de trabajo acaecidos en la propia empresa cuyo convenio colectivo la regula. Como quiera que General Motors España, SL se...

  • STSJ Galicia 3135/2008, 22 de Septiembre de 2008

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. No estamos en presencia de una condición más beneficiosa amparada por una mera tolerancia de la empresa, que la doctrina jurisprudencial y científica han estimado carentes de fuerza vinculante para quien realiza la concesión. Insistimos, ha existido una voluntad, reiterada en el tiempo, de otorgar una protección adicional y que se ha incorporado a las propias normas...

  • STSJ Comunidad de Madrid 1390/2005, 26 de Diciembre de 2005

    ACCIDENTE DE TRABAJO. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO. Se reclama indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo. Si el empresario genera con la utilización de una maquinaria potencialmente peligrosa el riesgo debe responder de sus consecuencias, por lo que únicamente si demuestra que ha utilizado todos los medios posibles para evitar el

  • STSJ Aragón 940/2008, 3 de Diciembre de 2008

    FINIQUITO. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. La parte recurrente pretende que, como en la cláusula tercera del contrato de trabajo se reconoce al demandante una antigüedad, a todos los efectos, desde el 14-9-1992, las aportaciones de la empresa al régimen de previsión social no deben limitarse a los 9 meses en que prestó servicios sino que deben ser las correspondientes a 14 años. El motivo no puede...

  • STSJ Galicia 3118/2008, 12 de Septiembre de 2008

    SEGURO DE VIDA. PÓLIZA. Ha existido una voluntad, reiterada en el tiempo, de otorgar una protección adicional. Se ha engendrado así un estado de cosas que ha sido asumido por los trabajadores como una contraprestación más en retribución de sus servicios. Y una vez incorporada esta condición más beneficiosa a las restantes del contrato no puede ser unilateralmente suprimida. El rigor en el examen...

  • STSJ Galicia 2781/2008, 15 de Julio de 2008

    CONTRATO DE TRABAJO. DERECHOS. INDEMNIZACIÓN. En base a los actos de la empresa cabe concluir que estamos ante una condición más beneficiosa en atención a las siguientes consideraciones: 1) En primer lugar, se ha acreditado y declarado probado que había un colectivo de trabajadores de la empresa, los empleados con anterioridad al 1-2-1970 que en el caso de auxilio por fallecimiento se les abonaba

  • STSJ Islas Baleares , 11 de Noviembre de 2003

    "RÉGIMEN DE PREVISIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA Y DERECHO DE RESCATE DEL TRABAJADOR. ANÁLISIS. El nuevo régimen de previsión social complementaria no conlleva de modo ineluctable la posibilidad para el trabajador de rescatar o movilizar derechos consolidados cuando se extinga la relación laboral, pues ello es una facultad que puede establecerse o no, pues quedando el empresario en libertad de optar...

  • STSJ Asturias , 14 de Noviembre de 2003

    CONVENIO COLECTIVO. REGULACION SOBRE DESPIDO. El concepto aquí manejado tiene en la propia norma invocada una definición muy precisa, que no responde ni se aproxima a los razonamientos del recurso. Si a través de la conducta empresarial acreditada se ha tratado de eludir -mediante la sumisión a norma no conveniente- el régimen, positivo propio de la situación real (único alegato en que cabe...

  • STSJ Castilla y León , 12 de Julio de 2004

    JUBILACION ANTICIPADA. DERECHO A PENSION. La pensión que le pueda corresponder por su condición de beneficiario del sistema de Previsión Social de Endesa. A los efectos, de que, cuando proceda, los empleados acogidos al Plan, al jubilarse anticipadamente (60 años), causen derecho a pensión en el sistema de Previsión de Endesa, la Empresa instrumentará las medidas oportunas a fin de que el...

  • STSJ Cantabria , 25 de Septiembre de 2003

    SEGURIDAD SOCIAL. PRESTACIONES. Al tratarse de una mejora complementaria de la acción protectora de la Seguridad Social, participa de la naturaleza de las prestaciones del sistema, entre las que debe contemplarse su irrenunciabilidad. Dicha indisponibilidad viene conferida por la LGSS en su art. 3, en el que se reconoce la nulidad de todo pacto, individual o colectivo, por el cual se renuncie a...

  • STSJ País Vasco , 23 de Noviembre de 2004

    ACCIDENTE NO LABORAL. ASEGURADORA. RESPONSABILIDAD: En accidentes de trabajo, la fecha relevante es la del accidente y no aquélla en que se causa la invalidez permanente, pero conviene destacar: a) que no abarcaba los casos de accidentes no laborales, radicando su razón de ser en la singular forma de cubrir la protección de ese riesgo; b) que se fijó generalmente vinculada a casos en los que se...

  • STSJ Cantabria , 23 de Julio de 2003

    DESPIDO. Estamos ante un fondo de pensiones suscrito en favor de sus trabajadores por una entidad financiera, la garantía del futuro pago se alcanza igualmente aunque no se externalice, al aplicarse al depositario, en cuanto entidad de crédito, las mismas normas sobre materialización de activos y garantía de depósitos que se aplicarían en el caso de un fondo externo. En el supuesto de un fondo...

  • STSJ Islas Baleares , 28 de Febrero de 2005

    PREVISIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA. FACULTADES DEL EMPRESARIO Y RESCATE DE DERECHOS CONSOLIDADOS POR EL TRABAJADOR. El nuevo régimen de previsión social complementaria no conlleva de modo ineluctable la posibilidad para el trabajador de rescatar o movilizar derechos consolidados cuando se extinga la relación laboral, sino que ello implica la facultad del empresario que puede establecerse o no, de...

  • STSJ Canarias , 27 de Mayo de 2004

    INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL. SEGUROS. Los seguros se establecen como cobertura del riesgo de accidente, aunque el daño indemnizado se refiera a determinadas secuelas derivadas del mismo (incapacidad temporal, incapacidad permanente o muerte). Esto queda claro en el artículo 100 de la Ley de Contrato de Seguro : el riesgo asegurado es el accidente que se manifiesta en unas secuelas de invalidez

  • STSJ Canarias , 18 de Octubre de 2004

    CONFLICTO COLECTIVO. Por tales razones y aplicando estos criterios, conviene también hacer referencia a la sentencia del Tribunal Supremo de 31 de enero de 2001, que se cita en el recurso, y en el que se argumenta que la citada sentencia ""dictada en Sala General, recaída en proceso de conficto colectivo, y si bien referida a un supuesto específico en el que la entidad bancaira había pactado un...

  • STSJ Castilla-La Mancha , 30 de Septiembre de 2004

    "CONVENIO COLECTIVO. DESESTIMACIÓN. Frente a la Sentencia de instancia que desestima la demanda en reclamación de cantidad ejercitada por el actor contra Repsol Petr?leo, S.A. y Repsol YPF Lubricantes y Especialidades, S.A. muestra su disconformidad el accionante mediante dos motivos de recurso, el tribunal entiende que tanto del art?culo 44 del Estatuto de los Trabajadores , como a la Directiva...

  • STSJ Murcia , 15 de Septiembre de 2004

    ASIGNACION ANUAL. DIFERENCIAS DE HABERES. PREJUBILACION. Se trata, realmente, de una situación asimilable a la de la seguridad social complementaria, calificable de atípica, por mutuo acuerdo de las partes, dado su entorno y finalidad, ya que tiene como base el que el trabajador deje de prestar servicios y, por tanto y en puridad, no se trata del pago de salarios, ya que este retribuye la...

  • STSJ País Vasco , 25 de Junio de 2002

    MEJORA VOLUNTARIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fue la empresa la que, al decidir externalizar esa mejora voluntaria a lo que no consta viniera obligada-, debió haber trasladado con claridad a la aseguradora el objeto del pacto, lo que no consta se hiciera, habida cuenta de la inexistencia de pacto escrito. De ahí que la aseguradora, al desarrollar las condiciones tanto generales como particulares de...

  • STSJ Aragón , 25 de Mayo de 2005

    RELACIÓN LABORAL. ACCIDENTE DE TRABAJO IN ITINERE. Las empresas que subcontraten con otras del sector la ejecución de obras o servicios responderán ante los trabajadores de las empresas subcontratistas. Se extenderá la responsabilidad a la indemnización de naturaleza no salarial por muerte, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o total derivadas de accidente de trabajo o enfermedad...

  • STSJ Cataluña , 31 de Julio de 2002

    PROCEDENCIA DE DESPIDO. No se puede incluir en la indemnización por despido el derecho a transferir o movilizar la totalidad de los derechos consolidados en planes de pensiones . Se estima el recurso de suplicacion.

  • STSJ Comunidad de Madrid 388/2006, 9 de Mayo de 2006

    DESPIDO IMPROCEDENTE. PRESTACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL: El complemento de incapacidad temporal es una obligación legal de prestación asumida voluntariamente a favor del trabajador y que constituye efecto reflejo del contrato de trabajo aún cuando su naturaleza sea la de mejora de la acción protectora de la Seguridad Social y no salario. Sea cual fuere la fuente de la obligación asumida su...

  • STSJ Canarias , 19 de Enero de 2005

    MEJORA VOLUNTARIA. La literalidad de las condiciones particulares de la póliza suscrita por el Ayuntamiento demandado es inequívoca. No cabe otorgar a la declaración de riesgos cubiertos y capitales asegurados el sentido omnicomprensivo de todos los riesgos que determina la sentencia recurrida, pues la interpretación literal conduce a afirmar que el contrato de seguro pactado no alcanza a la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 406/2008, 2 de Junio de 2008

    JUBILACIÓN ANTICIPADA. La exclusión de un principio absoluto de igualdad en el marco de las relaciones laborales entre sujetos privados «no es otra cosa que el resultado de la eficacia del principio de autonomía de la voluntad, que, si bien aparece fuertemente limitado en el Derecho del Trabajo, por virtud, entre otros factores, precisamente del principio de igualdad, no desaparece, dejando un...

  • STSJ Galicia 2183/2009, 27 de Abril de 2009

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL. La obligación de pagar la indemnización o capital convenido es la contraprestación a cargo de la aseguradora que se corresponde con el pago de la prima convenida que ha de satisfacer el asegurado, calculada actuarialmente para que haya la necesaria proporcionalidad entre este pago, de tracto sucesivo y aquel abono, en un solo acto cuando se dé...

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