Modelos sobre Medidas cautelares reales
-
-
Escrito solicitando el levantamiento del embargo
Escrito mediante el cual se solicita al juzgado que se proceda al levantamiento del embargo preventivo.
-
Escrito solicitando la mejora de embargo por insuficiencia de los bienes embargados
Artículo 589 y siguientes LECrim ("De las Fianzas y Embargos"). Artículo 612 LEC ("Mejora, reducción y modificación del embargo"). Ante la duda de la suficiencia de los bienes embargados en relación con la exacción de la responsabilidad del procesado, en este escrito se solicita se sirva decretar la mejora del embargo acordado que deberá recaer sobre los bienes expresados.
-
Escrito del fiador solicitando la cancelación de la fianza
Si de la comisión de un delito puede derivarse responsabilidad civil, el Juez acordará la imposición de una fianza al imputado, para garantizar que se cubra dicha responsabilidad. La fianza puede tener carácter personal, asumiéndola un tercero. Artículos 541 y 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
-
Escrito de la acusación particular señalando bienes y pidiendo su embargo
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 589 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, si el procesado no ha prestado la fianza requerida, podrá solicitarse el embargo de sus bienes. Artículos 589 y siguientes LECrim. ("De las fianzas y embargos"). Artículo 592 LEC.
-
Escrito de la acusación particular solicitando el embargo de sueldo
En este escrito la acusación particular solicita el embargo del sueldo del procesado con cargo a la nómina de la empresa, a fin de garantizar las responsabilidades pecuniarias decretadas por el Juzgado en la causa. Artículos 589 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
-
Escrito del responsable civil subsidiario, oponiéndose a la prestación de fianza, embargo y la referida declaración
El responsable civil es aquel frente a quien se ejercitan las acciones civiles derivadas de la comisión de un delito. El encausado es el primer responsable civil, pero también puede serlo un tercero, ya sea como responsable civil directo, ya sea como responsable civil subsidiario. Artículos 616 y 764 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Artículo 120 del Código Penal redactado conforme