Sentencias sobre Horario de trabajo

2396 sentencias sobre Sentencias sobre Horario de trabajo

  • STS, 4 de Junio de 2014

    JORNADA DE TRABAJO. HORAS EXTRAORDINARIAS. Las horas de toma y deje, al tener la consideración de extraordinarias, han de ser abonadas con el importe fijado en el convenio colectivo para dichas horas, salvo que el mismo sea inferior al de la hora ordinaria, en cuyo caso han de abonarse con el importe de la hora ordinaria, que es el que ha de aplicarse al supuesto examinado, dada la cuantía que el

  • STS, 21 de Enero de 2014

    CONVENIO COLECTIVO. HORAS EXTRAS. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Las anteriores precisiones nos llevan a la triple conclusión obtenida en los precedentes más arriba citados y que la propia recurrente expone con precisión: a) el tiempo de toma y deje se retribuirá con arreglo al valor de las Tablas Salariales, cuando su importe exceda del valor de la hora ordinaria calculada con arreglo al art. 35.1 ET;

  • STS, 5 de Junio de 2014

    RCUD. PRESCRIPCION INEXISTENTE EN RECLAMACION DE HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD INTERPUESTA DESPUÉS DE HABERSE DICTADO TRES SENTENCIAS QUE RESOLVÍAN EN CONFLICTO COLECTIVO LA FORMA DE CALCULAR LAS HORAS EXTRAORDINARIAS. LA TRAMITACIÓN DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS INTERRUMPIERON LA PRESCRIPCIÓN HASTA UN AÑO DESPUÉS DE LAS SENTENCIAS CITADAS. SE REITERA DOCTRINA TRADICIONAL Y EN...

  • STS, 2 de Junio de 2014

    ADIF. LAS HORAS DE TOMA Y DEJE DEBEN TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE EXTRAORDINARIAS Y DEBEN RETRIBUIRSE EN EL IMPORTE FIJADO EN CONVENIO COLECTIVO, SALVO QUE SEA INFERIOR A LA HORA ORDINARIA DE TRABAJO, CONFORME AL ART. 35.1 ET, EN CUYO CASO SE DEVENGA ÉSTA. SE REITERA DOCTRINA (SSTS 20/10/13 -RCUD 291/13- Y 13/11/13 -RCUD 2310/12-).

  • STS, 17 de Septiembre de 2014

    HORAS EXTRAORDINARIAS. El convenio colectivo establece claramente que las horas de toma y deje se abonarán como horas extraordinarias, aún cuando las excepcione de su cómputo a efectos de los límites legales. Legalmente constituyen horas extraordinarias las que superen la jornada máxima fijada en el convenio colectivo, siendo éste el instrumento que, dentro de los límites legales, puede precisar...

  • STS 1044/2017, 20 de Diciembre de 2017

    CONFLICTO COLECTIVO. La solución dada no deja indefenso al trabajador a la hora de probar la realización de horas extraordinarias, pues a final de mes la empresa le notificará el número de horas extras realizadas, o su no realización, lo que le permitirá reclamar frente a esa comunicación y a la hora de probar las horas extraordinarias realizadas tendrá a su favor del artículo 217-6 de la LEC,...

  • STS 371/2016, 4 de Mayo de 2016

    CONTINGENCIA PROFESIONAL. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. DAÑOS MORALES. Mientras que la sentencia aquí recurrida niega el derecho a percibir intereses por apreciar una diferencia significativa entre la cantidad reclamada en la demanda y la declarada en la sentencia y sostiene que no cabe su imposición cuando haya existido controversia fundada que justifique el retraso en el pago, la...

  • STS, 30 de Marzo de 2015

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. La hora extraordinaria tendrá exactamente la misma retribución que la hora ordinaria, si se realiza en las mismas condiciones que esta y, por lo tanto, hay derecho al percibo del correspondiente complemento de puesto de trabajo. Si en el valor de la hora ordinaria está incluido un plus de penosidad, por...

  • STS, 15 de Julio de 2014

    JORNADA DE TRABAJO. PAGAS EXTRAORDINARIAS. Los actores vienen prestando servicios para la demandada, habiendo realizado durante el periodo de abril 2009 a marzo 2010 las horas de toma y deje que les han sido retribuidas en la cuantía señalada en el relato de hechos probados. La sentencia, partiendo de que las horas de toma y deje tienen el carácter de horas extraordinarias, razona que el artículo

  • STS, 24 de Junio de 2013

    VIGILANTES DE SEGURIDAD. CALCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. NO INCLUYE PLUS DE PELIGROSIDAD VARIABLE, NI DE NOCTURNIDAD, NI DE TRABAJO EN FINES DE SEMANA Y FESTIVOS. Para el cálculo del valor de la hora ordinaria de trabajo, a efectos de calcular el valor de la hora extraordinaria, no se incluirán estos complementos. No obstante si en la realización de las horas extraordinarias concurriera alguna

  • STS, 18 de Diciembre de 2014

    Prescripción inexistente en la reclamación de horas extraordinarias correspondientes al periodo 2007-2009 en Empresas de Seguridad. Las tres sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2007, la de 10 de noviembre de 2009 y la de 30 de mayo de 2011 (recurso 69/2010) que resolvían distintos conflictos colectivos relacionados con la forma de retribuir las horas...

  • STS, 18 de Noviembre de 2014

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. Esa facultad empresarial no es omnímoda ya que deberá respetar tanto las normas de carácter necesario, fiestas nacionales, locales, así como pactadas en convenio y el conjunto de condiciones que vengan rigiendo la jornada como resultado de acuerdos entre las partes o de una voluntad unilateral de la empresa cuando en este último caso se haya incorporado el

  • STS, 7 de Octubre de 2014

    COMPLEMENTO DE ATENCIÓN CONTINUADA. El fin pretendido por el complemento es el de compensar la mayor seguridad que supone para la empleadora contar con un mayor periodo de tiempo adicional del mismo trabajador. Propiamente no es un plus que remunere la exclusividad o la disponibilidad, sino el que así haya ocurrido de manera efectiva, puesto que solo se devenga en función de lo que ha sucedido en

  • STS, 14 de Mayo de 2013

    HORAS EXTRAORDINARIAS. VALOR. CALCULO. Por lo tanto, para el cálculo del valor de la hora ordinaria de trabajo, a efectos de calcular el valor de la hora extraordinaria, no se incluirán estos complementos. No obstante si en la realización de las horas extraordinarias concurriera alguna de dichas circunstancias -realización de las mismas entre las veintidós horas y las seis horas del día...

  • STS, 20 de Octubre de 2014

    GUARDIAS MÉDICAS. SALARIO BASE. COMPLEMENTO DE ATENCIÓN CONTINUADA. Lo que se pretende por el complemento es compensar la mayor seguridad que supone para la empleadora contar con un mayor periodo de tiempo adicional del mismo trabajador. Propiamente no es un plus que remunere la exclusividad o la disponibilidad, sino el que así haya ocurrido de manera efectiva, puesto que solo se devenga en...

  • STS 532/2018, 16 de Mayo de 2018

    CONFLICTO COLECTIVO. VACACIONES. RETRIBUCIÓN. El objeto de las bolsas de vacaciones era compensar la ausencia de cobro de complementos variables durante el periodo vacacional. Se desestima la casación.

  • STS, 15 de Julio de 2013

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. CONFLICTO COLECTIVO. Todas las horas extraordinarias se deben retribuir a partir del valor de la hora ordinaria calculada con todos los complementos salariales previstos, sin tomar en consideración ni distinguir entre complementos personales o generales y otros complementos fijados en función de concretas...

  • STS, 18 de Junio de 2012

    CONFLICTO COLECTIVO. PLUS DE NOCTURNIDAD. De lo razonado hasta ahora, se deriva que las horas trabajadas en horario nocturno (de diez de la noche a seis de la mañana) deben retribuirse con el plus de nocturnidad que establezca el Convenio Colectivo, cualquiera que sea su número y la hora de inicio o finalización de la jornada laboral. Esta afirmación no la contradice el Convenio Colectivo...

  • STS 398/2018, 16 de Abril de 2018

    CONFLICTO COLECTIVO. No basta la realización del trabajo en fines de semana, festivos y nocturnos para tener derecho al percibo del indicado plus de jornada especial, sino que se requiere además una disponibilidad especifica por parte del trabajador, esto es que el mismo pueda ser requerido por la empresa para su incorporación inmediata al puesto de trabajo o para su incorporación al mismo en...

  • STS, 23 de Diciembre de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. RETRIBUCIÓN A MIEMBROS DEL COMITÉ DE EMPRESA POR LAS HORAS DEDICADAS A LA NEGOCIACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO. La indemnidad del crédito horario tiene lugar únicamente en los supuestos -como es aquí el caso- de que la negociación se lleve a cabo dentro del horario de trabajo. El derecho constitucional a la negociación colectiva no es exclusivo de los representantes...

  • STS, 23 de Diciembre de 2014

    GUARDIAS MÉDICAS. HORAS DE TRABAJO. COMPLEMENTO DE ATENCIÓN CONTINUADA. El importe completo de este plus, que se percibe una sola vez al año dentro del primer trimestre natural, lo perciben aquellos facultativos/vas que han llevado a cabo la máxima jornada complementaria de atención continuada exigible. Se desestima la casación.

  • STSJ País Vasco 1160/2015, 16 de Junio de 2015

    DESPIDO. No se acredita error alguno en la valoración de hecho de la sentencia recurrida, ni la infracción jurídica denunciada pues en definitiva existe una insuficiencia probatoria sobre las horas extraordinarias cuya remuneración se reclama siendo que lo único acreditado es que conforme a los pactos entre las partes la empresa abonaba al actor unas cantidades en concepto de plus compensatorio y

  • STS, 3 de Febrero de 2016

    HORAS EXTRAORDINARIAS. VIGILANTES DE SEGURIDAD. PLUS DE TRANSPORTE Y VESTUARIO. La condición jurídica de salario o de complemento extrasalarial, no depende de la calificación que efectúe el convenio colectivo sino que por imperativo legal que se impone al propio convenio colectivo, toda prestación económica que retribuye el trabajo del empleado debe ser salario puesto que el art. 26.1 constituye...

  • STS, 28 de Junio de 2013

    SALARIO BASE. HORAS EXTRAORDINARIAS. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. El trabajador demandante tiene derecho a percibir la remuneración de la hora extraordinaria con el incremento correspondiente a los complementos aplicables que se correspondan con las condiciones en que se ha realizado la actividad durante el trabajo extraordinario (trabajo nocturno, en festivo, etc.), pero no puede...

  • STS, 10 de Junio de 2014

    HORAS EXTRAORDINARIAS. Las horas de toma y deje, al tener la consideración de extraordinarias, han de ser abonadas con el importe fijado en el convenio colectivo para dichas horas, salvo que el mismo sea inferior al de la hora ordinaria, en cuyo caso han de abonarse con el importe de la hora ordinaria, que es el que ha de aplicarse al supuesto examinado, dada la cuantía que el Convenio aplicable...

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