Sentencias sobre Horario de trabajo

2396 sentencias sobre Sentencias sobre Horario de trabajo

  • STS, 29 de Febrero de 2012

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. NO INCLUYE LOS COMPLEMENTOS DE PUESTO DE TRABAJO NO CONSOLIDADOS, COMO LOS PLUSES NOCTURNIDAD, DE TRABAJO EN FESTIVOS, ETC., PERO SÍ LA ANTIGÜEDAD Y LA PRORRATA DE LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS. El trabajador demandante tendría derecho a percibir como hora extraordinaria incrementada con el montante...

  • STS, 4 de Abril de 2012

    VIGILANTES DE EMPRESA DE SEGURIDAD. HORARIO DE TRABAJO. TRABAJO NOCTURNO. HORAS EXTRAORDINARIAS. CÁLCULO. La hora extraordinaria tendrá exactamente la misma retribución que la hora ordinaria, si se realiza en las mismas condiciones que esta y, por lo tanto, hay derecho al percibo del correspondiente complemento de puesto de trabajo. Si en el valor de la hora ordinaria está incluido un plus de...

  • STS, 20 de Marzo de 2012

    HORARIO DE TRABAJO. TRABAJO NOCTURNO. HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. El trabajador demandante tendría derecho a percibir como hora extraordinaria incrementada con el montante correspondiente a dicho complemento la trabajada en tales condiciones particulares (de noche, en festivo, etc.), pero no podría aceptarse que la reclamara como...

  • STSJ Galicia 3210/2013, 18 de Junio de 2013

    CONFLICTO COLECTIVO. La conclusión final ha de ser la de desestimar la demanda de conflicto colectivo, pues tampoco resulta acogible la alegación realizada en juicio por parte de la defensa del Sindicato CSI-CSIF, relativa a la aplicación, en último término, del art. 47 del RD 2001/1983, por razones analógicas o, en todo caso, mediante un trato de equidad. Ambas resultan rechazables: la analogía...

  • STS, 13 de Junio de 2013

    TRABAJO NOCTURNO. SEGURIDAD. VIGILANCIA. HORAS EXTRAORDINARIAS. La hora extraordinaria tendrá exactamente la misma retribución que la hora ordinaria, si se realiza en las mismas condiciones que ésta y, por lo tanto, hay derecho al percibo del correspondiente complemento de puesto de trabajo si el trabajo se realiza en las mismas condiciones especiales exigidas. Se estima en parte la casación.

  • STS, 21 de Septiembre de 2009

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Se trata en el presente caso de concretar si el importe total fijado en tal limitación legal debe considerarse en atención al tiempo trabajado o, con independencia de éste, partiendo exclusivamente del año natural en que se devenga. Es esta una cuestión resuelta por la sentencia de contraste, a la que hemos de remitirnos. La idea central de la decisión es el parámetro de...

  • STS, 29 de Abril de 2013

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. El trabajador demandante tiene derecho a percibir la remuneración de la hora extraordinaria con el incremento correspondiente a los complementos aplicables que se correspondan con las condiciones en que se ha realizado la actividad durante el trabajo extraordinario (trabajo nocturno, en festivo, etc.),...

  • STS, 19 de Junio de 2012

    HORAS EXTRAORDINARIAS. RECLAMACIÓN. El razonamiento que conduce a esta conclusión parte de la base de que el artículo 26.1 ET concibe el salario como contraprestación económica a cargo del empleador "por la prestación profesional de los servicios laborales" en retribución del "trabajo efectivo". Ciertamente, este carácter sinalagmático del salario admite en la ley algunas excepciones , pero se...

  • STS, 30 de Abril de 2013

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. Aunque la demandante no tiene derecho a percibir la cantidad reclamada, tampoco la empresa le ha abonado aquellas horas de conformidad con la cuantía con la que debían haberse valorado las mismas, no existiendo en los autos pruebas ni aportaciones de parte que permitan hacer el cálculo correcto de lo...

  • STS 2788/2008, 4 de Febrero de 2010

    PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACION. SALARIO. DIFERENCIA SALARIAL. En definitiva, la norma adicional 2 del II Convenio es aplicable exclusivamente a quienes en el I CUAGE estaban encuadrados formalmente en su ahora extinto Grupo profesional III desempeñando los puestos correspondientes a tal Grupo, pero sin crear derechos a favor de quienes perteneciendo a otros Grupos profesionales del...

  • STS, 30 de Junio de 2009

    COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD. Son estas razones las que justifican la diferente solución a que hemos llegado respecto de una materia relacionada aunque diversa, la del derecho de los trabajadores interinos al complemento de antigüedad, pues este concepto -antigüedad- no requiere la permanencia que es propia de la carrera profesional, sino el mero transcurso de determinado tiempo en la prestación...

  • STS, 16 de Febrero de 2009

    Medico jefe de servicio que presta servicios como personal laboral fijo del SERGAS: no procede el complemento de productividad variable al no ser personal estatutario: ineficacia del acuerdo suscrito con la gerencia del complejo hospitalario: no existe condición más beneficiosa.- Reitera doctrina STS/IV 19-septiembre-2007 (recurso 3474/2006).

  • ATS, 8 de Abril de 2014

    DESPIDO. Tal diferencia en las conclusiones de una y otra sentencia es esencial para considerar que quiebra la necesaria identidad de los supuestos a comparar. Sin embargo no es ésta la única discrepancia relevante que puede apreciarse entre ambas resoluciones, por cuanto en la recurrida el pago de kilometraje, y por tanto la necesidad de desplazamiento como actividad laboral remunerada y propia...

  • STS, 20 de Mayo de 2004

    JORNADA DE TRABAJO. Cuando se fija en Convenio el valor de la hora de espera, aunque aquél sea inferior al de la hora ordinaria prevalece lo dispuesto en el Convenio ,en base al carácter que en la regulación de las relaciones de trabajo adquiere la negociación colectiva. En el caso en el que no existe previsión ni pacto colectivo al respecto, la aplicación de las fuentes del derecho del...

  • STS, 27 de Febrero de 2006

    HORAS EXTRAORDINARIAS. PRESCRIPCIÓN. RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. REQUISITOS. Se ejercita acción de reclamación de cantidad en concepto de horas extraordinarias. La contradicción no surge de una comparación abstracta de doctrinas al margen de la identidad de las controversias, sino de una oposición de pronunciamientos concretos recaídos en conflictos sustancialmente

  • STS, 29 de Mayo de 2007

    PERMISOS POR ASUNTOS PROPIOS. RECURSO DE CASACIÓN.La organización sindical demandante sostiene que los días de permiso por asuntos propios no debe ser recuperados y que el tiempo invertido en su recuperación por orden de la empresa debe considerarse como horas extraordinarias.Lo que se está planteando es el problema del carácter recuperable o no de los permisos retribuidos. Hay que entender que...

  • STS, 24 de Marzo de 2006

    MÉDICOS EN RÉGIMEN LABORAL. GUARDIAS MÉDICAS. Las guardias médicas de presencia son tiempo de trabajo y como tal, las horas que excedan de la jornada máxima legal del artículo 34 del ET son extraordinarias y deben retribuirse como tales con el valor mínimo establecido en el artículo 35.1 ET, el de la hora ordinaria de trabajo. Se desestima la demanda. Se estima la casación.

  • STS, 19 de Marzo de 2012

    HORARIO DE TRABAJO. TRABAJO NOCTURNO. HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. La trabajadora demandante tendría derecho a percibir como hora extraordinaria incrementada con el montante correspondiente a dicho complemento la trabajada en tales condiciones particulares (de noche, en festivo, etc.), pero no podría aceptarse que la reclamara como...

  • STS, 18 de Abril de 2012

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAODINARIA. El trabajador demandante tendría derecho a percibir como hora extraordinaria incrementada con el montante correspondiente a dicho complemento la trabajada en tales condiciones particulares (de noche, en festivo, etc.), pero no podría aceptarse que la reclamara como hora extraordinaria con dicha repercusión...

  • STS, 3 de Abril de 2012

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAODINARIA. El trabajador demandante tendría derecho a percibir como hora extraordinaria incrementada con el montante correspondiente a dicho complemento la trabajada en tales condiciones particulares (de noche, en festivo, etc.), pero no podría aceptarse que la reclamara como hora extraordinaria con dicha repercusión...

  • ATS, 10 de Diciembre de 2019

    TIEMPO DE TRABAJO. HORAS EXTRAORDINARIAS. Los excesos de jornada en la guardias deben pagarse como horas extraordinarias. La Sala aplica el criterio del TJUE, según el cual el tiempo de guardia debe calificarse bien de "tiempo de trabajo", bien de "periodo de descanso". Es suficiente la concurrencia de los requisitos de presencia y disponibilidad, o sea que no es preciso que se den conjuntamente...

  • STS, 20 de Marzo de 2012

    HORARIO DE TRABAJO. TRABAJO NOCTURNO. HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. El trabajador demandante tendría derecho a percibir como hora extraordinaria incrementada con el montante correspondiente a dicho complemento la trabajada en tales condiciones particulares (de noche, en festivo, etc.), pero no podría aceptarse que la reclamara como...

  • STS, 26 de Marzo de 2012

    HORAS EXTRAORDINARIAS EN EMPRESAS DE SEGURIDAD. FORMA DE CÁLCULO DE LA HORA EXTRAORDINARIA. CONFLICTO COLECTIVO. Todas las horas extraordinarias se deben retribuir a partir del valor de la hora ordinaria calculada con todos los complementos salariales previstos, sin tomar en consideración ni distinguir entre complementos personales o generales y otros complementos fijados en función de concretas...

  • STSJ Comunidad de Madrid 75/2009, 6 de Febrero de 2009

    RECONOCIMIENTO DE DERECHOS. No ha quedado justificada la causa de la temporalidad que se invoca en los contratos, sino que lo acreditado es, que la actividad contratada era habitual y ordinaria en la Administración contratante y, de duración concreta y cierta en el tiempo (...). Pues este contenido, acredita el carácter permanente de la actividad, como consecuencia de una necesidad de trabajo de...

  • STS, 16 de Junio de 2009

    RECURSO DE CASACIÓN. COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD. DEFINICIÓN. El complemento de productividad se concibe como una forma de retribuir el nivel de consecución de los objetivos de la empresa, con el fin de motivar la mayor producción de los trabajadores, y como reconocimiento proporcional a su aportación en dicha consecución de objetivos. Se estima el recurso.

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