Extinción de la servidumbre
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Recurso de casación contra resoluciones anteriores al 29 de julio de 2023
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STS, 17 de Diciembre de 2013
EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DEL JUSTIPRECIO. En caso de que la entidad beneficiaria de la expropiación se encuentre en una situación de insolvencia, la responsabilidad subsidiaria del pago del justiprecio recaerá sobre la administración correspondiente. Se desestima la casación.
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STS, 10 de Marzo de 2014
PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. IVA. DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS. En la expropiación forzosa el precio que se paga no es el que tenía el bien al tiempo de su adquisición sino el que posee cuando se expropia, esto es, en la fecha de su valoración para que el expropiado reciba su equivalente económico. Resulta, por tanto, perfectamente posible que en el seno de una...
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La extinción de servidumbres en Cataluña (Comentario a la Sección Tercera del Capítulo II de la Ley 22/2001, de 31 de diciembre: arts. 15 a 17)
I. Ausencia de un régimen general legal de causas de extinción de los derechos reales: - II. Exclusión de la confusión o consolidación como causa de extinción de las servidumbres: - III. Causas subjetivas y causas objetivas de extinción de servidumbres.