Artículos doctrinales sobre Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de derecho de familia
7 artículos doctrinales sobre Artículos doctrinales sobre Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de derecho de familia
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Comentario al Artículo 48 del Código Civil
Dispensa posterior al matrimonio. Dos clases de dispensa. Impugnabilidad. Grado tercero colateral y edad. Edad núbil. Causa justa para dispensar. Disenso paterno y entre los dos progenitores. Institución civil previa al matrimonio. Tío y sobrina. Matrimonio de español en el extranjero. La Ley de Registro Civil.
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Comentario al Artículo 46 del Código Civil
Nulidades y anulabilidades. Prohibiciones. Menores no emancipados. Menor viudo. Ligamen anterior. Poligamia. Islamismo. Bigamia.
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Comentario al Artículo 47 del Código Civil
Consanguinidad en línea recta. Consanguinidad colateral. Matrimonio entre primos. Muerte dolosa del cónyuge anterior.
- Autorización para contraer matrimonio civil de un varón español con una transexual de Costa Rica
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Artículo 47
I. Caracteres generales del precepto.-II. El concepto de Impedimento en sentido estricto.-III. El impedimento de parentesco de consanguinidad.-IV. El impedimento de parentesco de adopción en línea recta.-V. El impedimento de crimen.-VI. ¿Hada el establecimiento de nuevos impedimentos?
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Artículo 46
I. Indicación general.-II. La capacidad matrimonial.-III. La diferencia de sexo entre los contrayentes. Referencia al transexualismo.-IV. La edad para contraer matrimonio.-V. La capacidad de entender y de querer.-VI. La libertad de estado.
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Artículo 48
ARTICULO 48 * El ministro de Justicia puede dispensar, a instancia de parte, el impedimento de muerte dolosa del cónyuge anterior. El Juez de Primera instancia podrá dispensar, con justa causa y a instancia de parte, los impedimentos del frado tercero entre colaterales y de edad a partir de los catorce años. En los expedientes de dispensa de edad deberán ser...