Sentencias sobre Estructura del salario

2035 sentencias sobre Sentencias sobre Estructura del salario

  • STS, 11 de Diciembre de 2007

    "PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. COMPLEMENTO SINGULAR DE PUESTO DE TRABAJO. RECONOCIMIENTO. El actor reclama que se reconozca su derecho a percibir el complemento singular de puesto por especial responsabilidad. Aparece claramente querido por los negociadores del convenio que al complemento singular de puesto sólo serán acreedores aquellos trabajadores que desempeñen un puesto...

  • STS, 21 de Septiembre de 2006

    "PLUS DE PENOSIDAD. Desestimado el recurso de suplicación interpuesto con la sentencia de instancia por la que se desestima la demandad, se absuelve a los demandados. La recurrente interpone recurso de casación. Se trata por tanto del mismo centro de trabajo y la misma trabajadora demandante que desarrolla idénticas funciones y está sometida a iguales riesgos. La única diferencia entre la...

  • STS, 10 de Diciembre de 2008

    Salarios. Complemento de peligrosidad en el Convenio de limpiezas del Principado de Asturias. Se trata de un devengo de puesto de trabajo y como tal ha de abonarse en razón a los días en que se lleve a cabo la actividad, no todos los días del mes. Se trata de un complemento que, en principio, no es consolidable ni genera derecho adquirido el hecho de que la empresa entrante en la contrata lo...

  • STS, 24 de Abril de 2007

    TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL. PLUS DE TRABAJADOR EN DOMINGO. Se promueve demanda de conflicto colectivo a fin de que se reconozca el derecho de los trabajadores contratados a tiempo parcial que presten servicios en domingo a percibir el plus de penosidad de trabajador en domingo. El Anexo II del Convenio Colectivo que recoge, entre otros el recargo debatido, no excluye de su percepción a los...

  • STS, 15 de Febrero de 2007

    "CORREOS Y TELÉGRAFOS. COMPLEMENTO SALARIAL DE PERMANENCIA Y DESEMPEÑO. Los trabajadores temporales tienen derecho a su percepción antes de que finalice en año que el convenio colectivo confiere a la empresa para fijar los criterios para su devengo. Se proscribe cualquier diferencia entre trabajadores fijos de plantilla y trabajadores temporales que implique un trato discriminatorio. En concreto...

  • STS, 13 de Marzo de 2007

    CONTRATO DE TRABAJO. PLUS SALARIAL. DISCRIMINACIÓN. Se declara discriminatoria toda diferencia en aquellos aspecto de la relación de trabajo en los que exista desigualdad radical e inicial entre unos y otros trabajadores, y más específicamente, las diferencias salariales cuando se demuestre que todos realizan un trabajo igual o similares. Si se tiene en cuenta la gran antigüedad, pese al...

  • STS, 1 de Febrero de 2007

    "RECURSO DE CASACIÓN. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. No basta constatar que una diferencia de trato se encuentra establecida en Convenio Colectivo para llegar a la conclusión de que la misma aparece justificada y se adecua a las exigencias del art. 14 de la Constitución Española, dado que el Convenio Colectivo, en cuanto tiene valor normativo y se inscribe en el sistema de fuentes, ha de someterse a...

  • STS, 17 de Julio de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. DERECHOS DE DELEGADOS Y LIBERADOS SINDICALES. ABONO ANUAL DE TRANSPORTE. . En la forma que se ha formulado el recurso, su estudio requeriría que fuese la Sala la que lo construyese asumiendo funciones que, por ser de la parte, no le son propias. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la suplicación. No se hace lugar a la casación.

  • STSJ Comunidad de Madrid 486/2014, 27 de Mayo de 2014

    SALARIO BASE. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. La doctrina ajustada a derecho se contiene en la sentencia de contraste, lo que determina a la necesidad de estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina planteado, casar y anular la sentencia recurrida y resolver el debate planteado en suplicación por la empresa estimando el de tal clase para revocar la sentencia de instancia en el único...

  • STS, 1 de Octubre de 2007

    DESPIDO IMPROCEDENTE. Es evidente que en el caso examinado no existe complejidad en la estructura del salario ni constan percepciones que pudieran tener el carácter de extrasalariales, ni estamos ante un error aritmético, sino ante un cálculo de la indemnización que toma indebidamente como base la cantidad neta que venía percibiendo el trabajador en lugar de la cantidad bruta, resultando de todo...

  • STS, 9 de Julio de 2007

    TRABAJADORES DE RENFE. COMPLEMENTO PERSONAL DE ANTIG†EDAD. DEVENGO. CAMBIO DE NIVEL RETRIBUTIVO POR ASCENSO AUTOMçTICO. Se ejercita acci—n de reclamaci—n de cantidad en concepto de complemento personal de antigŸedad. El actor no se sujet— a un proceso de clasificaci—n de categor’a, como exige el precepto para aplicar la excepci—n, sino que se trat— de un ascenso autom‡tico que a su vez determin—...

  • STS, 10 de Mayo de 2006

    "PLUS DE PENOCIDAD.FALTA DE CONTRADICCIÓN. COMPENSACIÓN CON OTROS COMPLEMENTOS.La cuestión debatida, es la de si la cantidad reclamada en concepto de diferencias del plus de penosidad quedaba compensado con la cantidad abonada por la empresa en concepto de complementos salariales. No se considera acreditada la contradicción entre las sentencias sometidas a comparación. En la recurrida se...

  • STS, 11 de Abril de 2000

    SALARIO. COMPLEMENTOS. PLUS DE PELIGROSIDAD. IGUALDAD DE TRATO. Cabe pues concluir que el trabajador durante el periodo reclamado, en que prestó servicios en el Laboratorio Provincial del S.A.S., tenía derecho, por aplicación del art. 50 del Convenio Colectivo y del constitucional principio de igualdad, a percibir el plus de peligrosidad en las misma cuantía y condiciones que el resto de sus

  • STS, 21 de Abril de 2005

    EMPLEO PÚBLICO. RECONOCIMIENTO DE DERECHO A TRIENIOS. NECESIDAD DE NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD. Si el nombramiento en propiedad es condición para el reconocimiento del derecho a los trienios como retribución básica por antigüedad, con independencia de que en el tiempo computable se incluyan los servicios prestados sin ese nombramienton y si ninguna otra disposición habilitó el reconocimiento de...

  • STS, 15 de Marzo de 2007

    "RECURSO DE CASACIÓN. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. CÓMPUTO DE ANTIGÜEDAD. CONTRATOS TEMPORALES. El complemento de antigüedad debe: 1.calcularse y computarse, en principio, en la cuantía y en los términos que determine la regulación convencional que lo establece; 2. tiene por objeto ""compensar la adscripción del trabajador a la empresa o la experiencia adquirida durante el tiempo de servicios,...

  • STS, 11 de Mayo de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. COMPLEMENTO SALARIAL POR ANTIGÜEDAD. En el petitum de la demanda se solicita que se declare el derecho que asiste a todo el personal afectado por este conflicto -que es el personal laboral transferido de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Madrid- de que les sea retribuido el complemento salarial de antigüedad que tenga perfeccionado, incluso, con...

  • STS, 13 de Marzo de 2006

    "PLUS PENOSIDAD. FABRICACIÓN DE AZULEJOS. COMPLEMENTOS. FALTA DE CONTRADICCIÓN. Se reclama contra sentencia, en la que se declararon probados los siguientes hechos: ""Los demandantes vienen prestando servicios por cuenta y dependencia de la empresa demandada ,dedicada a la actividad de fabricación de azulejos con el siguiente puesto de trabajo, categoría profesional, antigüedad y salario...

  • STS, 13 de Octubre de 2005

    "CONFLICTO COLECTIVO. El concepto legal de ""dividendo líquido"" no comprende cualquier ""desplazamiento económico"" de la sociedad a los accionistas, sino sólo aquella porción de la ganancia o excedente que ""la junta general de accionistas decide que se reparta entre los socios en proporción a la aportación de cada uno de ellos""; no es dividendo, por tanto, la devolución de una parte de las

  • STS, 7 de Junio de 2007

    "RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. COMPLEMENTO DE PERMANENCIA. Se reclama complemento de permanencia. Se declara discriminatoria: con carácter general, toda diferencia en aquellos aspecto de la relación de trabajo en los que exista igualdad radical e inicial entre unos y otros trabajadores; y más específicamente, las diferencias salariales cuando se demuestre que todos realizan un trabajo igual o similar.

  • STS, 2 de Octubre de 2007

    Convenio Colectivo. Los complementos extraconvenio no integran la base para determinar la cuantía de las gratificaciones extraordinarias establecidas en el Convenio Colectivo Sectorial.

  • STS, 31 de Mayo de 2006

    CASACION PARA UNIFICACION DE DOCTRINA. FALTA DE CONTRADICCION. ANTIGÜEDAD. COMPLEMENTOS. En el presente caso no existe contradicción entre una y otra sentencia, por tanto no se cumple la exigencia del art. 217 de la Ley de Procedimiento Laboral. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la suplicación. Se desestima la casación.

  • STS, 15 de Enero de 2007

    CONVENIO COLECTIVO.En el vigente Convenio Colectivo el plus se reconoce ya a los trabajadores temporales, y que a pesar de que se condiciona a la fijación de determinados criterios que habrían de ser negociados, ahora ha de hacerse ello en el plazo de un año desde la vigencia de la norma colectiva. Circunstancia esta última que si bien en abstracto pudiera resultar legítima, viene a resultar una...

  • STS, 12 de Febrero de 2007

    CONFLICTO COLECTIVO. COMPLEMENTO POR DOMINGOS Y FESTIVOS TRABAJADOS. La sentencia de instancia desestima la pretensión sobre el derecho de los trabajadores al percibo de la cuantía correspondiente a los pluses de nocturnidad y de idiomas en las pagas extraordinarias y al percibo de la cuantía correspondiente al complemento por domingos y festivos trabajados prevista en el art. 49 del Convenio, en

  • STS, 8 de Octubre de 2008

    RCUD. DEVENGO DE RETRIBUCIÓN VARIABLE EN CASO DE CESE VOLUNTARIO ANTES DE FINALIZAR EL EJERCICIO. Circular interna de la empresa, carente de eficacia obligatoria cuando no se ha contado con el acuerdo de los trabajadores. No prevalece sobre lo pactado en el contrato.

  • STS, 5 de Octubre de 2006

    "COMPLEMENTO DE DESTINO. Se denuncia la infracción de los arts. 3.1, 4.1 y 1281 del Código Civil. Lo que las partes realmente previeron es que podían resultar modificados por la nueva reestructuración todos los conceptos salariales y muy en concreto los complementos de destino, dentro de cuyo concepto podía y debía quedar integrado aquel previsto para los actores en el art. 12; puesto que la...

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