Sentencias sobre Empresa y empresario como contratador

7817 sentencias sobre Sentencias sobre Empresa y empresario como contratador

  • STS, 27 de Enero de 2014

    CONTRATO DE TRABAJO. MODIFICACIÓN DE LA RELACION LABORAL. La remisión que el precepto legal hace a las acciones judiciales y la obligada tutela que ello comporta [ art. 24.1 CE ], determinan que en el acceso a la jurisdicción compete no sólo emitir un juicio de legalidad en torno a la existencia de la causa alegada, sino también de razonable adecuación entre la causa acreditada y la modificación...

  • STS, 13 de Noviembre de 2013

    TELECOMUNICACIONES. SANCIÓN. La Sala de instancia no vulnera el artículo 53.r) de la Ley General de Telecomunicaciones ya que en su sentencia da como probados hechos inequívocos de incumplimiento voluntario de las obligaciones impuestas y sostiene que "en el caso se infiere o bien la concurrencia de dolo, entendido como la voluntaria realización del hecho típico, o bien, cuanto menos, de culpa,...

  • STS 399/2018, 16 de Abril de 2018

    SUCESIÓN DE EMPRESAS. La asunción de la plantilla era una decisión que debía quedar a la voluntad de la nueva adjudicataria, quién en el ejercicio de dicha facultad no asumió la totalidad del equipo educativo anterior, sino que sólo contrató a una trabajadora del anterior equipo educativo, de manera que en realidad no asumió la plantilla de la anterior adjudicataria. Se desestima la casación.

  • STS, 22 de Mayo de 2015

    SANCIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. PRÁCTICAS RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA. Imposición de una multa de 29 millones de euros a France Telecom, por aplicar precios excesivos por los servicios mayoristas de mensajes de telefonía móvil.

  • STS 873/2018, 27 de Septiembre de 2018

    CONVENIO DE LIMPIEZA. SUCESIÓN DE CONTRATAS.RESPONSABILIDAD SOBRE LAS DEUDAS SALARIALES. En actividades donde la mano de obra constituye un factor esencial, la asunción de una parte relevante del personal adscrito a la contrata activa la aplicación del artículo 44 ET relacionado con la sucesión de empresa. El hecho de que la asunción de una parte relevante de la plantilla derive de lo preceptuado

  • STS 518/2021, 12 de Mayo de 2021

    MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. CONFLICTO COLECTIVO. COVID-19. Varios sindicatos demandan a la empresa por entender que se llevó a cabo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo consistentes en la sustitución temporal de los calendarios de trabajo y la fijación de turnos de trabajo, en atención a la situación excepcional derivada del estado de alarma...

  • STS 861/2018, 25 de Septiembre de 2018

    DESPIDO COLECTIVO. CRITERIOS DE SELECCIÓN. GRUPO DE EMPRESAS. Aunque no tengan obligación de consolidar cuentas y tampoco se aprecie la existencia de patología alguna, las empresas que formen parte de un grupo y activen un despido colectivo por causa económica han de acompañar las cuentas de las demás mercantiles del grupo si tienen su domicilio social en España, operan en el mismo sector de...

  • STS 695/2015, 11 de Diciembre de 2015

    RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR. OBEDIENCIA DEBIDA. El administrador de la filial de un grupo de empresas no puede realizar una actuación dañina para la sociedad que administra escudándose en el hecho de que tal actuación ha sido acordada por quien dirige el grupo societario. El interés del grupo no es absoluto, y los intereses de los acreedores y socios externos de la sociedad no pueden verse...

  • STS, 24 de Febrero de 2014

    HORAS EXTRAORDINARIAS. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Lo relevante para determinar la naturaleza y objeto de aquélla pretensión no es tanto la literalidad del suplico de la demanda sino la razón de pedir en ella expresada de que se estableciera ese reequilibrio de las condiciones económicas, profundamente alteradas por la incidencia que las dos anteriores sentencias del Tribunal Supremo, sobre la...

  • STS 639/2016, 7 de Julio de 2016

    MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO. CONFLICTO COLECTIVO. Si la causa que se alega por la empresa se concreta en un desequilibrio de 2.946 miles de euros y las "palancas" a emplear supondrían una reducción de costes de 4.312,51 E, aunque las medidas adoptadas finalmente por el empresario han introducido ligeras modificaciones es evidente que no ha quedado acreditada la adecuación...

  • STS, 10 de Noviembre de 2015

    MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. LÍMITES. Se entiende por modificación sustancial de las condiciones de trabajo aquéllas que alteren y transformen los aspectos fundamentales de la relación laboral, contando las previstas en el artículo 41.2 del Estatuto de los Trabajadores. Las simples modificaciones accidentales no tienen condición de modificación sustancial, calificándose...

  • STS 670/2018, 26 de Junio de 2018

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. CONFLICTO COLECTIVO. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo deberá ir precedida de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores que versará sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas...

  • STS 503/2016, 8 de Junio de 2016

    CONFLICTO COLECTIVO. SUCESIÓN DE EMPRESAS. La sucesión de empresa requiere la entrega efectiva del total conjunto operante de los elementos esenciales que permite la continuidad de la actividad empresarial. No puede apreciarse la sucesión cuando lo que se transmite no es la empresa en su totalidad ni un conjunto organizativo, sino unos elementos patrimoniales aislados. Se desestima la casación.

  • STS, 25 de Septiembre de 2015

    TELECOMUNICACIONES. PRESTACIÓN DE SERVICIOS. COSTE NETO. Se declara que en la sentencia de instancia recurrida se interpreta correctamente el artículo 24 de la Ley 32/2003 y los correlativos de la Directiva 2002/22/CE cuando corrobora la validez del criterio seguido por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones que, en primer lugar, concretó el coste neto que había supuesto para "Telefónic

  • STS 402/2018, 17 de Abril de 2018

    SUCESIÓN DE EMPRESA. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. El art. 44.3 ET no establece plazo de prescripción singular y diverso al general de un año previsto en el art. 59 ET, sino que sólo delimita temporalmente la responsabilidad solidaria que se establece entre cesionario y cedente, fijando al efecto un plazo de actuación de tres años para el ejercicio de aquella acción que el trabajador pudiera...

  • STS, 15 de Enero de 2014

    HORAS EXTRAORDINARIAS. En el presente caso debe seguirse la doctrina tradicional porque las cantidades reclamadas en este pleito han de calificarse de especialmente controvertidas, bastando para alcanzar tal conclusión examinar el fundamento de derecho anterior en el que se narra con todo lujo de detalles las vicisitudes sufridas por el articulo 42.1 a) del Convenio Colectivo Estatal de Empresas...

  • STS, 9 de Abril de 2014

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Es indudable que "la condición más beneficiosa" que venían disfrutando los trabajadores, contra cuya modificación se interpone la demanda rectora de este proceso, ha de ser calificada de condición de carácter colectivo ya que venía siendo disfrutada por todos los trabajadores de la empresa desde el año 1979, por decisión de la demandada y, si bien en 1995...

  • STS 937/2018, 26 de Octubre de 2018

    SUCESIÓN EMPRESARIAL. SUCESIÓN DE PLANTILLA. No existe sucesión de empresa al no estar ante una actividad que descanse esencialmente en la mano de obra, no siendo relevante el que la recurrente haya contratado a 6 de los 10 trabajadores que atendían el servicio en la empresa saliente, cuando no ha existido una transmisión de los medios materiales necesarios para la explotación entre la empresa...

  • STS 1016/2018, 4 de Diciembre de 2018

    MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. VARIACIÓN DEL SISTEMA DE RETRIBUCIÓN. El nuevo sistema de cálculo del importe a devengar pasa por la multiplicación de los factores que han de ser tenidos en cuenta a tal efecto, objetivos de grupo, área y personales, que anteriormente se sumaban, lo que dará lugar a un resultado más elevado que dificultará su consecución en el caso de que...

  • STS 360/2018, 3 de Abril de 2018

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. IUS VARIANDI EMPRESARIAL. La modificación operada en el sistema del uso del vehículo de empresa no entra dentro de la posibilidad de ejercicio del llamado ius variandi. El modo en que se adjudica la utilización de vehículos de empresa para el uso profesional tiene ahora una clara incidencia económica para el trabajador, en tanto que tal utilización le...

  • STS, 18 de Septiembre de 2014

    SUCESIÓN DE EMPRESAS. CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES. Los recurrentes sostienen que la cesión de trabajadores de la empresa matriz a sus filiales constituye una cesión ilegal porque éstos no constituyen una unidad productiva autónoma susceptible de actividad y explotación independientes en el mercado. El encaje de las nuevas mercantiles en el entramado societario no se opone a que provoque el...

  • STS, 9 de Diciembre de 2014

    DESPIDO IMPROCEDENTE. SUCESIÓN DE EMPRESAS. Si el nuevo contratista asume la mayor parte del personal que empleaba el anterior, se entiende que existe sucesión de empresa en su modalidad de "sucesión de plantillas", lo que obliga al nuevo contratista a subrogarse en los contratos laborales del anterior, no de forma voluntaria sino por imperativo legal, al haberse transmitido una organización...

  • STS, 18 de Junio de 2014

    DESPIDO COLECTIVO. GRUPO DE EMPRESAS. Los trabajadores de una empresa concursada alegan que se ha vulnerado la doctrina jurisprudencial sobre la derivación de responsabilidad solidaria de un grupo de empresas a efectos laborales. Para acreditar la existencia de un grupo de empresas ha de concurrir alguno de los siguientes elementos: funcionamiento unitario de las empresas del grupo, prestación de

  • STS, 17 de Noviembre de 2014

    EXTINCIÓN DE CONTRATA. CONSIDERACIÓN DE SUCESIÓN DE EMPRESA. La extinción de la contrata y la asunción de la actividad con trabajadores propios no constituye un supuesto de sucesión empresarial. Si no existe transmisión de elementos materiales, tampoco puede apreciarse una sucesión de la plantilla en los términos del artículo 44 del ET. Se desestima la casación.

  • STS, 21 de Febrero de 2014

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. La mala fe que denuncia el recurrente concurriría claramente si en la negociación del ERE modificativo que se tramitó en 2012 se hubiera fundado el empresario en las mismas condiciones tomadas en consideración en 2011 o las nuevas fueran insuficientes, y la contravención de la doctrina de los propios actos sería de...

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