Disposiciones normativas sobre Derechos reales limitados de goce

47 disposiciones normativas sobre Disposiciones normativas sobre Derechos reales limitados de goce

  • ARTÍCULO 12

    ARTÍCULO 12 Procedimiento de ejecución extrajudicial La ejecución extrajudicial de bienes hipotecados, regulada en el artículo 129 de la Ley Hipotecaria y sujeta al procedimiento previsto en los artículos 234 a 236 o del Reglamento Hipotecario, se someterá a lo previsto en los apartados siguientes en aquellos casos en que el procedimiento se siga contra la vivienda habitual del deudor: 1. La...

  • ARTÍCULO 25

    ARTÍCULO 25 Derecho de adquisición preferente. 1. En caso de venta de la vivienda arrendada, tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma, en las condiciones previstas en los apartados siguientes. 2. El arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca arrendada en un plazo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente en que se le notifique en...

  • ARTÍCULO 187

    ARTÍCULO 187 Actos sujetos a licencia urbanística 1. Están sujetos a licencia urbanística previa, con las excepciones establecidas por el artículo 187 ter, los siguientes actos: a. Los movimientos de tierra y las explanaciones de los terrenos. b. Las parcelaciones urbanísticas. c. La construcción de edificios de nueva planta y la intervención en los edificios ya existentes que, de acuerdo con la

  • ARTÍCULO 58

    ARTÍCULO 58 El tenedor podrá reclamar a la persona contra quien ejercite su acción: El importe de la letra de cambio no aceptada o no pagada, con los intereses en ella indicados conforme al artículo 6 de esta Ley. Los réditos de la cantidad anterior devengados desde la fecha de vencimiento de la letra calculados al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos. Los demás gastos,...

  • ARTÍCULO 25

    ARTÍCULO 25 Derecho de adquisición preferente Tanteo y retracto. 1. Las comunidades autónomas tendrán derecho de adquisición preferente, a reserva de lo dispuesto en el apartado 2, en los siguientes casos de transmisiones onerosas: a. De montes de superficie superior a un límite a fijar por la comunidad autónoma correspondiente. b. De montes declarados protectores conforme al artículo 24. 2. En...

  • ARTÍCULO 423.5

    ARTÍCULO 423-5 Institución en usufructo. 1. El heredero instituido en usufructo se equipara al heredero instituido en cosa cierta. En consecuencia, si concurre con heredero universal, es legatario. 2. Si el heredero instituido en usufructo no concurre con heredero universal, pero para después de su muerte hay otro heredero instituido, tiene el carácter de heredero fiduciario, y el heredero...

  • ARTÍCULO 27

    ARTÍCULO 27 Retracto. 1. Tendrán el derecho de retracto los propietarios de fincas colindantes que sean titulares de explotaciones prioritarias, cuando se trate de la venta de una finca rústica de superficie inferior al doble de la unidad mínima de cultivo. 2. Si fueren varios colindantes, será preferido el dueño de la finca que con la adquisición iguale o supere la extensión de la unidad mínima

  • ARTÍCULO 53

    ARTÍCULO 53 Contenido, constitución y régimen. 1. El derecho real de superficie atribuye al superficiario la facultad de realizar construcciones o edificaciones en la rasante y en el vuelo y el subsuelo de una finca ajena, manteniendo la propiedad temporal de las construcciones o edificaciones realizadas. También puede constituirse dicho derecho sobre construcciones o edificaciones ya realizadas

  • ARTÍCULO 202

    ARTÍCULO 202 Las actas de notificación tienen por objeto transmitir a una persona una información o una decisión del que solicita la intervención notarial, y las de requerimiento, además, intimar al requerido para que adopte una determinada conducta. El notario, discrecionalmente, y siempre que de una norma legal no resulte lo contrario, podrá efectuar las notificaciones y los requerimientos...

  • ARTÍCULO 98

    ARTÍCULO 98 Transmisión de derechos reales. 1. Los derechos sobre las obras, construcciones e instalaciones de carácter inmobiliario a que se refiere el artículo precedente sólo pueden ser cedidos o transmitidos mediante negocios jurídicos entre vivos o por causa de muerte o mediante la fusión, absorción o escisión de sociedades, por el plazo de duración de la concesión, a personas que cuenten...

  • ARTÍCULO 7

    ARTÍCULO 7 ?Participación. 1. ?La participación es cada una de las partes alícuotas en que se divide el patrimonio de un fondo. Las participaciones no tendrán valor nominal, tendrán la condición de instrumentos financieros y podrán representarse mediante certificados nominativos, anotaciones en cuenta o sistemas basados en tecnología de registros distribuidos. Dentro de un mismo fondo, o en su...

  • ARTÍCULO 9

    ARTÍCULO 9 Supresion de la prorroga forzosa en los contratos de Arrendamientos Urbanos. # Artículo 9 derogado por la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de arrendamientos urbanos, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 25 de Noviembre de 1994.

  • ARTÍCULO 22

    ARTÍCULO 22 Enajenación de la finca arrendada Derechos de tanteo, retracto y adquisición preferente. 1. El adquirente de la finca, aun cuando estuviese amparado por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria, quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones del arrendador, y deberá respetar el plazo que reste de la duración mínima del contrato prevista en el artículo 12 o la de la prórroga...

  • ARTÍCULO 54

    ARTÍCULO 54 Derecho de habitación del cónyuge o miembro superviviente de la pareja de hecho. El cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho, además de su legítima, tendrá un derecho de habitación en la vivienda conyugal o de la pareja de hecho, mientras se mantenga en estado de viudedad, no haga vida marital ni tenga un hijo no matrimonial o no constituya una nueva pareja de...

  • ARTÍCULO 92

    ARTÍCULO 92 No procederán los derechos de tanteo, retracto y adquisición preferente en los casos siguientes: a. En las transmisiones a título gratuito cuando el adquirente sea descendiente o ascendiente del transmitente o su cónyuge. b. En la permuta de fincas rústicas cuando se efectúe para agregar una de las fincas permutadas a otra de cualquiera de los permutantes y siempre que sean...

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