Artículos doctrinales sobre Derecho de servidumbre
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Artículo 606
I. Encuadre sistemático. Inspiración. Fundamento.-II. La doble venta.- III. Otros supuestos de aplicación.-IV. El tercero protegido.-V. Efectos de la protección.-VI. Importancia práctica.
- Prólogo
- Introducción
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Resolución de 21 de noviembre de 1998 (b.o.e. De 22 de diciembre de 1998)
No es posible la inscripción de un derecho real de servidumbre si aparecen los precios sirvientes a nombre de terceras personas. La inscripción del derecho de servidumbre exige la completa expresión de la extensión, límites y demás características configuradoras.
- Transformación de servidumbre de luces en servidumbre de vistas
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Artículo 608
I. Significado y ámbito de la norma de remisión.-II. Código civil y Ley Hipotecaria.
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Artículos 572 a 574
I. Consideraciones generales: signos favorables y signos contrarios a la presunción de medianería.-II. Los signos favorables.-III. Los signos contrarios.
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Las servidumbres en el Registro de la Propiedad
Servidumbres inscribibles: sus características.-Tratamiento hipotecario de las servidumbres.-Servidumbre a favor del propietario.-Servidumbres sobre partes indivisas de fincas.-Inscripción de las servidumbres: sus requisitos.-División inmobiliaria de los predios sirviente y dominante.-Cancelación de servidumbres.
- Introducción
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Introducción
TÍTULO VIII DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD * Capítulo único
- Pacheco, Francisco Luis. Las servidumbres prediales en el Derecho histórico español. Lleida, 1992, 311 páginas
- Bonet Correa, José: La constitución de las servidumbres por signo aparente
- Servidumbre voluntaria de paso
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Artículo 544
I. Consideraciones generales.-II. Los gastos necesarios y el abandono liberatorio de la servidumbre.
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Artículo 534 y 535
I. Inseparabilidad de las servidumbres.-II. Indivisibilidad de las servidumbres: casos en que se dividan el predio dominante o el sirviente.
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Artículo 589
Artículo 589
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Artículo 607
I. Publicidad material y formal.-II. Destinatarios de la publicidad.-III. Formas de actuación.
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Artículos 586 a 588
I. Consideración general de esta Sección.-II. La prohibición de verter las aguas sobre el suelo del vecino.-III. La servidumbre de vertiente de tejados.- IV. Evacuación de aguas residuales: servidumbre de cloaca.-V. Servidumbre forzosa de desagüe de aguas pluviales.
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Artículo 536
Artículo 536
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Artículo 605
I. Significado de la norma.-II. El Registro como institución.-III. El objeto de la publicidad registral.-IV. Asientos regístrales.-V. Actos y contratos inscribibles.-VI. Derechos inscribibles.-VII. Los bienes inmuebles como objeto de derechos inscribiles.
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Artículo 570
ARTICULO 570
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Artículo 542
Artículo 542
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Artículo 562
Servidumbre de parada y partidor. Requisitos
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Artículo 593
Artículo 593
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Artículo 547
Artículo 547