Sentencias sobre Depositarios

11 sentencias sobre Sentencias sobre Depositarios

  • STS 126/2008, 8 de Febrero de 2008

    CONTRATO DE HOSPEDAJE. DEPOSITO. RESPONSABILIDAD DEL HOTELERO COMO DEPOSITARIO. Siendo incólume en casación el factum fijado por la Audiencia tras valorar de forma libre y conjunta toda la prueba, sólo cabe ratificar su decisión, plenamente ajustada a tenor del artículo 1783 del Código Civil. Según este precepto la responsabilidad del hotelero, como depositario, depende tanto de que los clientes...

  • STS 859/2003, 15 de Septiembre de 2003

    "DEPÓSITO. DAÑOS Y PERJUICIOS. Los daños han sido suficientemente probados como en el supuesto que nos enjuiciamos casacionalmente y ocasiona que la receptora responda directamente ante el depositante de los daños y perjuicios que le ocasionó por consecuencia de su negligencia suficientemente demostrada"". El extravío del boleto y su posterior anulación que constituyen los hechos probados,...

  • STS 1227/2004, 20 de Diciembre de 2004

    CONTRATO DE DEPÓSITO. INCUMPLIMIENTO. IMPOSIBILIDAD. PRUEBA DE CASO FORTUITO. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Es cierto que la concurrencia de caso fortuito exime en ciertos casos de responsabilidad, pero para que tal cosa suceda se hace preciso que la prueba sea aportada por aquel en cuyo poder se perdió la cosa que debía ser entregada. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima en parte...

  • SAP Murcia 152/2007, 2 de Mayo de 2007

    DEPOSITO DE COSA MUEBLE. OBLIGACIONES DEL DEPOSITARIO. ROBO. La entidad aseguradora actora ha ejercitado la acción de resarcimiento al amparo del art. 43 de la Ley 50/1980, de contrato de seguro, como subrogada de su asegurado. El robo en un local dedicado a taller mecánico es un hecho perfectamente previsible, y concretamente el robo que dio origen a los daños reclamados se produjo con quebranto

  • STS 251/1995, 15 de Marzo de 1995

    DEPOSITO. MERCADERÍA. CONSERVACIÓN. OBLIGACIÓN DEL DEPOSITARIO. Se impugna sentencia. El depositario tiene la obligación de llevar adelante la vigilancia del estado de conservación de la mercancía para poner el remedio idóneo con adopción de las medidas que su preparación especializada le aconsejase ó en todo caso dando el aviso pertinente al dueño de las mercaderías que es ...

  • SAP Navarra 50/2006, 17 de Mayo de 2006

    DEPÓSITO. CUIDADO Y CONSERVACIÓN DE LA COSA. Se derivaría una responsabilidad, en cuanto a una falta de diligencia en su adecuada y normal conservación tácitamente aceptada, desde el momento en que los tuvo a su disposición y los usó en su interés, para después despreocuparse de los mismos, incumpliendo las elementales normas de diligencia del buen padre de familia. sin embargo, en el caso, no

  • SAP Toledo 163/2007, 10 de Julio de 2007

    "DEPOSITO. OBLIGACIONES DEL DEPOSITARIO. DAÑOS Y PERJUICIOS. DAÑOS INDEMNIZABLES. El vehículo del actor se encontránba bajo la custodia del taller demandado y en sus dependencias, y fue sustraído. Se trataría por tanto de valorar si existe homogeneidad entre el vehículo propio y el de sustitución, en forma tal que quien acude al alquiler no obtenga una ventaja con la sustitución con relación a su

  • SAP Baleares 148/2006, 12 de Abril de 2006

    DAÑOS EN EMBARCACIONES DE TERCEROS DEPOSITADAS. SEGURO MULTI-PYME. RECLAMACIÓN A ASEGURADORA. Las embarcaciones no son objetos asegurados como pretende la recurrente, sólo se comprende el mobiliario, el ajuar industrial y las mercancías, situado todo ello en el interior del recinto que alberga la explotación comercial o industrial asegurada. En primera instancia se desestima totalmente la demanda.

  • SAP Madrid 141/2003, 22 de Diciembre de 2003

    CONTRATO DE DEPÓSITO. El contrato de depósito no se desnaturaliza por el hecho de que las partes acuerden la devolución de la cosa en un lugar distinto de aquel en que fue entregada al depositario, y lo cierto es que el coche fue recibido en el taller demandado en buenas condiciones y en cuyas mismas buenas condiciones tiene que serle devuelto al ser la custodia un elemento anejo al de ejecución...

  • SAP Cantabria 250/2007, 23 de Marzo de 2007

    DEPOSITO. OBLIGACIONES DEL DEPOSITARIO. ROBO DE LO DEPOSITADO. CULPA. El robo o hurto de una moto náutica en un establecimiento destinado a la venta de embarcaciones no es un hecho imprevisible y puede evitarse, por tanto no existe caso fortuito o fuerza mayor, como se recoge en la sentencia ahora impugnada. Respecto a la culpa del depositario en la sustracción, como se ha dicho anteriormente, la

  • SAP Madrid 428/2005, 12 de Septiembre de 2005

    Indemnización por el valor de la reparación de los daños. Reclamación de cantidad. Seguros. Perjuicio

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