Sentencias sobre Demanio de las aguas terrestres

21 sentencias sobre Sentencias sobre Demanio de las aguas terrestres

  • STS, 7 de Marzo de 2014

    AGUAS PÚBLICAS SUBTERRÁNEAS. En conclusión, concurren distintos hechos y elementos de prueba valorados por los diferentes Tribunales, de manera que el distinto resultado del proceso y consiguientes pronunciamientos judiciales, son fruto de los diversos hechos fijados por el Tribunal de instancia en su función de valoración de la prueba y no implican una contradicción sustancial en los términos a...

  • STS, 20 de Junio de 2008

    DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO. SANCIONES. Se sanciona la infracción cometida por la entidad, derivada de la titularidad de las aguas y de la falta de autorización administrativa para su uso. Lla forma más eficaz de evitar actuaciones furtivas encaminadas al alumbramiento de caudales o a su incremento, dado que la propia ley no ha exigido con carácter imperativo y bajo la sanción de pérdida del...

  • STS, 27 de Septiembre de 2012

    Inclusión de aprovechamiento de aguas subterráneas en Pilas (Sevilla) en el Catálogo de aguas privadas (disposición transitoria 4ª de la Ley de Aguas): Prueba del caudal o aforo del pozo existente.

  • STS, 25 de Septiembre de 2008

    Recurso de casación. impugnación del Auto que acuerda la medida cautelar de suspensión. Inclusión de un aprovechamiento de Aguas Subterraneas en el catálogo de Aguas Privadas. No se ocasionan perjuicios irreparables al afectado. Doctrina reiterada de esta Sala.

  • STS, 12 de Marzo de 2004

    PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN. INIDONEIDAD. PRUEBA. La alegación de inidoneidad del trazado propuesto para el nuevo cauce, que fue una de las formuladas, no fue acompañada de la mínima prueba que acreditase el error del proyecto elaborado por los técnicos de la Administración. En primera instancia se desestima el recurso contencioso administrativo. Se declara no ha lugar al recurso de casación.

  • STS, 14 de Octubre de 2002

    RECURSO DE CASACIÓN. Pues bien, aún cuando el presente recurso viene sometido a las prescripciones de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, porque así lo prevé la Disposición transitoria tercera, apartado 2, de dicha Ley, visto el contenido de los artículos 92, 88 y 89, le son de aplicación las anteriores consideraciones. En el escrito de interposición no se

  • STS, 6 de Junio de 2007

    Concesión del aprovechamiento hidroeléctrico. Administración del dominio público hidráulico. Energía eléctrica. Aprovechamiento de utilidad pública a los efectos de expropiación forzosa

  • STS, 26 de Septiembre de 2006

    PESCA FLUVIAL. REGIMEN LEGAL. Se desestima el recurso contencioso-administrativo que impugna el decreto que aprueba el reglamento de ordenación de la pesca fluvial, sin costas. La parte actora interpone casación. No es exigido que el Tribunal analice pormenorizadamente los argumentos que el recurrente haya aducido, no hay que olvidar, que aquí lo no se ha analizado es la pretensión de nulidad de...

  • STS, 24 de Mayo de 2005

    Recurso contencioso administrativo. Usufructuario vitalicio. Propiedad. Derecho a la inscripción del aprovechamiento temporal de aguas subterráneas

  • STS, 30 de Septiembre de 2002

    DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO. La sentencia de instancia negó la existencia de tal derecho subjetivo, razonando que aquellas resoluciones en modo alguno autorizaban el uso y aprovechamiento del dominio público hidráulico ni implicaban la inscripción del pozo en el Registro de Aguas, ya que, precisamente, una de las condiciones con las que se autorizó la instalación de los mecanismos de elevación era

  • STSJ Extremadura , 25 de Octubre de 2001

    AGUAS SUBTERRANEAS. POZOS. LEY DE AGUAS DE 1985. Se impugna resolución administrativa. La ley de aguas de 1985 dispone que quienes fueron titulares de algún derecho de aguas privadas procedentes de pozos, podrán acreditar en el plazo de tres años a partir de la entrada en vigor de la Ley y ante el organismo de cuenca correspondiente, para su inscripción en el Registro de Aguas, como...

  • STSJ Castilla-La Mancha , 14 de Marzo de 2005

    ACCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE AGUAS. Podrán ser declaradas de interés general, las obras de captación de aguas subterráneas. Esa facultad de clasificación sólo puede corresponder a la Administración, siempre que se trate de obras que benefición las condiciones de toda la zona o comarca, se refieran a todo el ámbito de la misma. Se desestima contencioso administrativo.

  • STSJ Extremadura , 16 de Mayo de 2005

    AGUAS SUBTERRÁNEAS. POZO. INFRACCIÓN: Los hechos constituyen una conducta tendente a alumbrar las aguas careciendo de la preceptiva autorización administrativa, por lo que la conducta sancionada está perfectamente tipificada, siendo irrelevante que el pozo estuviere totalmente instalado o no el día de la visita. No es necesario la causación de daños al dominio público, entendido como extracción...

  • STSJ Cataluña , 10 de Octubre de 2003

    AGUAS SUBTERRÁNEAS. En el auto apelado se recoge la previsi?n de que podr? interesarse del Juzgado el alzamiento de la suspensi?n acordada si se acredita que no existen dificultades que impidan conectar la red local con la municipal, pero siendo que esas dificultades deben ser salvadas por el promotor de la urbanización de iniciativa particular o, en su caso, por el Ayuntamiento, procede limitar...

  • STSJ Asturias , 10 de Noviembre de 2000

    AUTORIZACIÒN DE NAVEGACIÒN. LÌMITES. FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÒN. Se impugna resoluciòn sobre autorizaciòn para navegar. La actividad de navegaciòn que se trata de potenciar, como toda intervención humana en un ecosistema natural, tiende a disminuir la calidad ambiental y a perjudicar en mayor o menor medida, según la intensidad y frecuencia de aquélla, las especies piscícolas, por lo que la...

  • STSJ Extremadura , 21 de Abril de 2005

    AGUAS SUBTERRÁNEAS. POZO. PRUEBA: Las pruebas practicadas, consistentes en la propia denuncia ratificada por el Guarda Fluvial no evidencian que el recurrente ha realizado las obras de alumbramiento de aguas, o lo que es lo mismo, de apertura de pozo, y ello es motivo suficiente para entender que no se ha probado la conducta punible, es decir el alumbramiento, detracción de aguas, aforo o...

  • STSJ Andalucía , 1 de Septiembre de 2000

    MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS. PROVIDENCIAS DE APREMIO EN CONCEPTO TRIBUTARIO DE TASA POR AGUA-SANEAMIENTO. Las cantidades reclamadas en marzo de 1993 por deudas devengadas en 1986 y 1987 se encuentran prescritas al no acreditarse la existencia de actuación administrativa entre entre el devengo y la notificación de la providencia de apremio. No así las correspondientes al primer trimestre de 1988,

  • STSJ Castilla-La Mancha , 22 de Julio de 2002

    CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS. TRANSFORMACIÓN A REGADÍO. Es evidente que concurre el vicio de ilegalidad, pues habiéndose solicitado una concesión de aguas, consistente en un aprovechamiento de aguas subterráneas, que exige previa concesión administrativa, la misma, se debe tramitar conforme a lo dispuesto con carácter general para las concesiones. Se estima contencioso administrativo.

  • STSJ Castilla-La Mancha , 18 de Junio de 2002

    CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS. TRANSFORMACIÓN A REGADÍO. Es evidente que concurre el vicio de ilegalidad, pues habiéndose solicitado una concesión de aguas, consistente en un aprovechamiento de aguas subterráneas, que exige previa concesión administrativa, la misma, se debe tramitar conforme a lo dispuesto con carácter general para las concesiones. Se estima contencioso administrativo.

  • STSJ Castilla-La Mancha , 20 de Abril de 2001

    REGULACIÓN ESPECIAL. RÍOS Y ARROYOS. La causa de antijuridicidad no puede quedar enervada por el ámbito competencial derivable a favor del Ente Local por la existencia de unas Normas Urbanísticas Subsidiarias, claramente inadecuadas para suplir dicha competencia, y que sólo podrían complementarla en su ámbito sectorial propio y específico. Se estima contencioso administrativo.

  • STSJ Castilla-La Mancha , 9 de Julio de 2002

    CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS. TRANSFORMACIÓN A REGADÍO. Es evidente que concurre el vicio de ilegalidad, pues habiéndose solicitado una concesión de aguas, consistente en un aprovechamiento de aguas subterráneas, que exige previa concesión administrativa, la misma, se debe tramitar conforme a lo dispuesto con carácter general para las concesiones. Se estima contencioso administrativo.

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