Deducciones por gastos de enfermedad
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Recurso de casación contra resoluciones anteriores al 29 de julio de 2023
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STSJ País Vasco , 17 de Septiembre de 2003
IMPUESTO A LAS RENTAS. DEDUCCIÓN DE GASTOS. Se impugna resolución administrativa. Quien manifiesta la existencia de gastos por enfermedad para ser deducidos del impuesto a las rentas debe acreditar los mismo. La demanda fue estimada
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STSJ Comunidad de Madrid 1260/2004, 8 de Octubre de 2004
RECURSO CONTENCIOSO ADMINSTRATIVO. IRPF. ENFERMEDAD. GASTOS. DEDUCCIÃN. Son deducibles por gastos de enfermedad el 15% de los gastos sufragados por razones de enfermedad, accidentes o invalidez. Se desestima el recurso.