Artículos doctrinales sobre Declaración judicial de fallecimiento
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Artículo 218
I. Inscripción en el Registro civil.-II. Oponibilidad a terceros.
- Artículos 228, 229 y 230
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Artículo 252
I. Plazo de alegación de la excusa.-II. Cómputo.-III. Ignorancia de la excusa.
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Artículo 254
I. Excusa sobrevenida de la persona jurídica: interpretación del precepto legal.
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Artículo 255
I. Tiempo en que ha de alegarse la excusa sobrevenida.-II. ¿Se encuentra sujeta al plazo de quince días.
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Artículo 192
I. Derechos del reservatarío.-II. Inscripción de los bienes reservables en el Registro.-III. Crítica de esta reserva.-IV. Jurisprudencia.
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Artículo 202
I. Legitimación activa.-II. Fracaso del intento de introducir la llamada «auto-tutela».
- Artículo 225
- Artículo 203
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Artículo 226
I. Interpretación del precepto.-II. La frase «en el momento de adoptarlas».
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Artículo 297
I. Validez de los actos del pródigo anteriores a la demanda.
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Artículo 330
I. Las llamadas inscripciones constitutivas.
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Artículo 298
I. Carácter y contenido de la curatela de los pródigos.
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Artículo 220
I. Resarcimiento de daños sufridos por el tutor: 1. Consideraciones generales. 2. Requisitos.
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Artículo 295
I. Procedimiento para la declaración de prodigalidad.-II. Allanamiento y transacción.
- Artículo 237
- Artículo 243
- Artículo 244
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Artículo 248
I. Procedimiento de remoción.
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Artículo 260
I. Consideraciones generales.-II. Imprecisión técnica del término fianza.-II. Discrecionalidad judicial.-IV. Cuantía.-V. Forma de la fianza.
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Artículo 268
I. Deberes de los sujetos a tutela.-II. Facultades de corrección de los tutores.
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Artículo 273
I. Controles o garantías que ha de adoptar la autoridad judicial.
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Artículo 280
I. Idea general.-II. Personas que han de ser oídas antes de la aprobación de la cuenta
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Artículo 282
I. El saldo de la cuenta general devenga el interés legal.-II. Cuál es el interés legal.
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Artículo 283
I. Saldo favorable al tutor: necesidad de intimación al deudor.