Sentencias sobre Criterios

10 sentencias sobre Sentencias sobre Criterios

  • STS, 20 de Febrero de 1995

    RECURSO DE CASACIÓN. DESPIDO. CALIFICACIÓN. IMPROCEDENTE. La calificación de despido improcedente es la que corresponde a un despido en el que no se acredita la causa invocada por el empresario. Se estima el recurso.

  • STSJ Cataluña , 10 de Enero de 2000

    DESPIDO IMPROCEDENTE. COMPETENCIA. ATRIBUCIONES. Se inicia reclamación sobre despido improcedente. La Sala de lo Social no puede entrar a valorar si la resolución administrativa, que retrotrae los efectos del acto extintivo a la fecha de las iniciales actuaciones, es o no ajustada al ordenamiento jurìdico, en la medida en que el examen de dicha cuestiòn viene atribuida al orden jurisdiccional...

  • STSJ Andalucía , 20 de Febrero de 2003

    EXTINCIÒN DE RELACIÒN LABORAL. RETRASO EN EL PAGO DE SALARIOS. Se inicia reclamaciòn sobre extinciòn de relaciòn laboral. No constituye causal sufiente para declarar el despido improcedente, el retraso en el pago de salarios. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la suplicación.

  • STSJ Comunidad Valenciana , 21 de Enero de 2004

    Desestimar el Recurso de Suplicación. Recurre en suplicación la empresa demandada la sentencia que la condenaba a abonar al actor la cantidad de 337.312 pesetas y que absolvía al FGS. Siendo así que la empresa en el momento que se comunica la extinción, ocupaba a mas de 25 trabajadores, y que no es posible aplicar analógicamente el art. 72 del Estatuto debiendo concurrir el requisito de tener...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Enero de 2004

    Desestimar el Recurso de Suplicación. Si la empresa decidió despedir, antes de que llegara a término la fecha fijada para la extinción de la relación laboral, por la que el propio trabajador había optado, y dicho trabajador no aceptó en su momento la reposición a la situación anterior pretendida por la empresa, no es posible entender que se ha producido mas que el despido, como acto de...

  • STSJ Murcia 1237, 28 de Noviembre de 2005

    PROCESO SOBRE DESPIDO. Cuando la empresa tenga varias secciones autónomas o diversos centros de trabajo, para declarar la procedencia de los despidos objetivos por causas económicas, la situación económica negativa debe afectar a la empresa en su conjunto. Deben compararse beneficios y pérdidas a nivel global empresarial y no separadamente por centros o secciones. En primera instancia se estima...

  • STSJ Canarias , 2 de Marzo de 2005

    "DESPIDO NULO. GARANTÍA DE INDEMNIDAD. CARGA DE LA PRUEBA. Se promueve demanda por despido. No cabe admitir que la mera alegación por el actor de la existencia de violación de la libertad sindical suponga la inversión de la carga de la prueba; el actor precisa probar uno o varios indicios (hechos indiciarios) de los que no llegue a poder presumirse de modo completo que existe la violación, pero...

  • STSJ País Vasco , 18 de Julio de 2000

    RECLAMACIÓN POR DESPIDO. BUENA FE CONTRACTUAL. Siendo que se presenta una conducta que claramente transgrede la buena fe contractual, el Estatuto del Trabajador cuida de guardar los deberes de conducta y del comportamiento que ambos del Estatuto de los Trabajadores, impone al trabajador, buena fe en su sentido objetivo que conforme la jurisprudencia constituye un modelo de tipicidad de conducta...

  • STSJ Murcia , 17 de Diciembre de 2001

    DESPIDO PROCEDENTE. VIOLACION A LA BUENA FE CONTRACTUAL. El trabajador, que era gerente de la delegación de la empresa, exigió comisiones a los proveedores, sobrevalorando en las facturas lo realmente suministrado como condición para el mantenimiento del suministro, y ello sin autorización ni conocimiento de la empresa, lo cual supone que no sólo ha transgredido la buena fe contractual y mutua...

  • STSJ Andalucía , 20 de Febrero de 2003

    EXTINCIÒN DE RELACIÒN LABORAL. RETRASO EN EL PAGO DE SALARIOS. Se inicia reclamaciòn sobre extinciòn de relaciòn laboral. No constituye causal sufiente para declarar el despido improcedente, el retraso en el pago de salarios. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la suplicación.

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