Disposiciones normativas sobre Contrato indefinido
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ARTÍCULO 107
ARTÍCULO 107 Bonificación por la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. (Derogado) # Artículo 107, derogado por el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
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ARTÍCULO 107
Artículo 107 Bonificación por la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 1. Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que contraten de forma indefinida, incluida la modalidad fija discontinua, a una persona beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil disfrutarán de una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a