Consejo superior de deportes
6 modelos sobre Consejo superior de deportes
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Solicitud de obtención de la condición de Deportista de Alto Nivel
Las Federaciones deportivas españolas y las Agrupaciones de Clubes de Ámbito Estatal pueden proponer deportistas al Consejo Superior de Deportes para obtener la condición de Alto Nivel. (art. 2 y ss. Real Decreto 971/2007, de 13 de julio).
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Recurso disciplinario
El Comité Español de Disciplina Deportiva es el órgano de ámbito estatal, adscrito orgánicamente al Consejo Superior de Deportes que, actuando con independencia de éste, decide en última instancia, en vía administrativa, las cuestiones disciplinarias deportivas de su competencia. Sus resoluciones podrán ser objeto de recurso en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
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Quejas y sugerencias a la prestación de los servicios del CSD.
La gestión de las quejas y sugerencias tiene por objeto recoger y tramitar tanto las manifestaciones de insatisfacción de los usuarios con los servicios como las iniciativas para mejorar su calidad. Se deberá, asimismo, ofrecer a los ciudadanos respuesta a sus quejas o sugerencias, informarles de las actuaciones realizadas y, en su caso, de las medidas adoptadas.
35 disposiciones normativas sobre Consejo superior de deportes
- Versión original Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
- Real Decreto-ley 3/2017, de 17 de febrero, por el que se modifica la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, y se adapta a las modificaciones introducidas por el Código Mundial Antidopaje de 2015.
- Versión original Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.
2 sentencias sobre Consejo superior de deportes
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STS, 3 de Mayo de 2001
FEDERACIONES DEPORTIVAS. Siendo así que la asociación actora no se corresponde con ninguno de los tipos de asociaciones deportivas que entonces definía la Ley 13/1980, ninguna razón existe para que accediera a ese registro especial, sin perjuicio, claro es, del obligado reconocimiento de su naturaleza jurídica de asociación y de su acceso, como tal, al registro general. En otras palabras, la ...
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STS, 27 de Marzo de 2007
CUESTIÓN NEGATIVA DE COMPETENCIA. La competencia de los Juzgados Centrales de lo Contencioso- administrativo,corresponde en los casos de actos emanados de organismos públicos con personalidad jurídica propia o de entidades pertenecientes al sector público estatal con competencia en todo el territorio nacional. Se estima que la competencia corresponde a la Sala contencioso administrativa.
1 artículo doctrinal sobre Consejo superior de deportes