Disposiciones normativas sobre Concursados
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Artículos desde 123 hasta 125
ARTÍCULO 123 Derecho a alimentos. 1. En el caso de que en la masa activa existan bienes bastantes para prestar alimentos, el concursado persona natural que se encuentre en estado de necesidad tendrá derecho a percibirlos durante la tramitación del concurso, con cargo a la masa activa, para atender sus necesidades y las de su cónyuge y descendientes bajo su potestad. El derecho a percibir...
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ARTÍCULO 182
ARTÍCULO 182 Fallecimiento del concursado. (Derogado) # Artículo derogado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.