Sentencias sobre Conciliación

168 sentencias sobre Sentencias sobre Conciliación

  • STS, 15 de Noviembre de 2005

    DESPIDO. Se trata de un criterio de interpretación lógico que, unido al hecho de que la propia Ley dispone la aplicación preferente de sus propias previsiones, y de que los precedentes históricos siguieron esta misma dirección, conducen a entender que la Ley ha querido limitar la suspensión de la acción contra la expulsión de un socio a la mera vía cooperativa de la reclamación previa ante la

  • STS, 26 de Enero de 2006

    "CALCULO DE LAS INDEMNIZACIONES DE DESPIDO. CONSIGNACION DE LA INDEMNIZACIÓN BASICA.. El estudio individualizado del carácter salarial o no de las opciones de compra de acción suscritas no es sencillo ; y la complejidad del mismo aumenta con los problemas de conflicto de leyes planteados por los acuerdos de suscripción. Buena prueba de que el error de consignación de la empresa recurrente era...

  • STS, 7 de Febrero de 2006

    DESPIDO. IMPROCEDENCIA. CONSIGNACIÓN DE INDEMNIZACIÓN. Si el empresario reconoce en conciliación la improcedencia del despido y consigna inmediatamente las cantidades correspondientes a la indemnización que al trabajador le corresponde percibir, no todas diferencias cuantitativa permite llegar a la conclusión de que la consignación esté mal hecha. Se estima recurso casación para la...

  • STS, 7 de Abril de 2006

    ACCIÓN DE DESPIDO. CADUCIDAD. PLAZO. DÍAS INHÁBILES. Se impugna sentencia que declara caduca la acción. El plazo de caducidad de la presente acción tiene entidad sustantiva y no procesal. Empezarán a correr desde el día siguiente al en que se hubiese hecho el emplazamiento, citación o notificación y se contará en ellos el día del vencimiento. Se cuentan de fecha a fecha, descontando los días...

  • STS, 26 de Diciembre de 2005

    RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. DESPIDO DISCIPLINARIO. La demandante que ha sido despedida por la empresa en la que trabajaba inicia demanda por entender que la indemnización debida debe ser mayor a la que se le ha pagado solicitando la indemnización en la cuantía que legalmente proceda así como los salarios de tramitación causados desde la fecha del despido. Un error...

  • STS, 16 de Enero de 2007

    "UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. DESPIDO . PLAZO DE CADUCIDAD. Hay una divergencia doctrinal entre las sentencias, pues mientras que la recurrida entiende computables los sábados anteriores a la conciliación, la sentencia de contraste excluye su cómputo a efectos de la caducidad de la acción de despido. En el presente caso la caducidad, sin cómputo de sábados, se había producido ya el día antes no de la

  • STS, 10 de Octubre de 2006

    ACCIÓN DE DESPIDO. CADUCIDAD. CÓMPUTO. DÍAS SÁBADOS. Se ejercita acción de despido. Es de señalar la singular naturaleza del plazo de caducidad de la acción de despido, lo que obliga a entender, que deben ser descontados del mismo los sábados concurrentes entre la fecha de su producción y aquella otra en la que se presenta la papeleta de conciliación ante el SMAC y, también, los que pueden...

  • STS, 11 de Diciembre de 2007

    "RECLAMACIÓN POR DESPIDO. INEXISTENCIA DE DIMISIÓN. Para apreciar la existencia de una voluntad extintiva de la relación laboral por parte del trabajador -dimisión- es preciso que exista un comportamiento de éste que de forma clara, evidente e inequívoca ponga de manifiesto dicha voluntad; lo que no concurre en el presente caso. En primera instancia se desestima la demanda de impugnación de...

  • STS, 12 de Mayo de 2005

    DESPIDO IMPROCEDENTE. INDEMNIZACIÓN. CUANTÍA. Se presenta demanda peticionando se declare el despido improcedente fijándose la cuantía indemnizatoria. La sentencia recurrida no se ajusta a la doctrina unificada interpretativa del artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores, por lo que ha de ser casada y anulada en consonancia con el informe del Ministerio Fiscal, para resolver el debate ...

  • STS, 17 de Septiembre de 2004

    EXCEPCIÓN DE COMPENSACIÓN DE DEUDAS. Existe la posibilidad de oponer en juicio la excepción de compensación de deudas, al amparo del art. 85.2 LJS, sin necesidad de formular reconvención ni de anunciarla en conciliación previa, porque la viabilidad de la forma de pago por compensación por vía de excepción, es posibilidad por lo demás aceptada sin reparos por la doctrina científica, la judicial de

  • STS, 28 de Febrero de 2006

    SALARIOS DE TRAMITACIÓN.En la aplicación del artículo 56.2 del ET debe distinguirse entre la consignación insuficiente por error excusable del inexcusable o por negligencia. En el primer caso el efecto exoneratorio no se malogra, mientras que en el segundo si. La excusabilidad o no debe estudiarse en cada caso concreto.Es un indicio de error excusable, la dificultad jurídica de la liquidación ...

  • STS, 6 de Abril de 2004

    SUPLICACIÓN. RECURSO DE CASACIÓN. UNIFICACIÓN. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Trabajador plantea reconvención ante reclamación de cantidad en concepto de prima voluntaria liquidada. La Sala entiende que el demandado reconviniente puede ejercitar su pretensión en un posterior proceso, en el que tendrá las garantías del art. 24 de la Constitución y de las leyes que la desarrollan, garantía que no tendría

  • STS, 29 de Septiembre de 2008

    Procedimiento ordinario. Es adecuado para reclamar un reconocimiento de condiciones más beneficiosas previstas en un acuerdo colectivo y reiterado en su conciliación en proceso de conflicto colectivo.

  • STS, 12 de Abril de 2006

    "SOCIEDAD COOPERATIVA. DESPIDO DE UN SOCIO. CADUCIDAD DE LA ACCIÓN. El socio de una sociedad cooperativa que ha sido expulsado por los demás socios promueve demanda por despido. De los propios términos del texto legal parece desprenderse que sólo tiene previsto el agotamiento de la vía cooperativa previa y que ""sólo"" durante la duración de esa vía cooperativista quedará en suspenso el plazo...

  • STS, 19 de Junio de 2003

    "DESPIDO IMPROCEDENTE. MONTO DE LAS INDEMNIZACIONES. La determinación como base del incentivo de las ventas en firme del trabajador y no de la cifra de facturación de la empresa en la provincia de Madrid era una de las opciones interpretativas atendibles, como lo apunta el hecho de que fue la que acogió el Juez de lo Social en la sentencia de instancia. En primera instancia se estima...

  • STS, 31 de Enero de 2003

    "MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Se estima la caducidad planteada, absolviéndose a la parte demanda. La parte actora interpone recurso de suplicación que es desestimado. La parte actora interpone recurso de casación. Es posible y eficaz presentar la solicitud o papeleta de conciliación previa, de que habla el art. 63 LPL, en el registro de cualquier órgano administrativo,...

  • STS, 30 de Mayo de 2006

    DESPIDO. SALARIOS DE TRAMITACIÓN. La comunicación al trabajador es uno de los requisitos para que se paralice el cómputo de los salarios de tramitación, pero sin que la Ley especifique la forma en que tal comunicación ha de realizarse. La comunicación se realizó a través del juzgado en términos tales que no podía ponerse en duda, ni su realidad, ni su contenido. Y se realizó dentro del período...

  • STS, 2 de Diciembre de 2002

    Prescripción. El día inicial de la prescripción en materia de reclamación de cantidad, se inicia a partir del día siguiente en que se dio por intentado el acto de conciliación, y no a partir de la fecha de la solicitud o papeleta de conciliación.

  • STS, 21 de Junio de 2007

    "DESPIDO IMPROCEDENTE. LIMITACIîN DE SALARIOS DE TRAMITACIîN. CONSIGNACIîN JUDICIAL. CANTIDAD GLOBAL. Se promueve demanda por despido. Al depositar en el Juzgado la cantidad global sin menci—n ni desglose alguno de los conceptos que la conforman, incluso, con la equ’voca indicaci—n de que la cantidad lo es ""en concepto de mayor importe de indemnizaci—n"", no se ha cumplido con la finalidad...

  • STS, 21 de Junio de 2006

    "ACCIÓN DE DESPIDO. CADUCIDAD. ALCANCE. Si bien es cierto que el plazo de veinte días para el ejercicio de la acción de despido es de caducidad, debe tenerse en cuenta que la institución de la caducidad opera, en principio, en el plano del Derecho material o sustantivo y no en el del Derecho procesal, y que la propia Ley señala que pese a tratarse de un plazo de caducidad, los días que lo...

  • STS, 25 de Enero de 2007

    ACCIÓN DE DESPIDO. CADUCIDAD. CÓMPUTO. DÍAS SÁBADOS. Se ejercita acción de despido. Sería contrario a la lógica computar como hábil un día de la semana declarado inhábil y en el que, por eso, no es posible presentar la demanda. En primera instancia se rechaza la demanda. Se estima el recurso de casación.

  • STS, 21 de Septiembre de 2006

    DESPIDO IMPROCEDENTE.INDEMNIZACIÓN. La inclusión de salarios de tramitación en la consignación, obedece, a la finalidad del precepto de asegurar el cumplimiento de la obligación.No debe diferenciarse la cantidad consignada la que se atribuye a indemnización y la que corresponde a los salarios de tramitación. Se desestima el recurso de suplicación.Se estima el recurso de casación para la...

  • STS, 31 de Mayo de 2007

    DESPIDO. No ser’a l—gico computar como d’a h‡bil uno que por ley est‡ declarado inh‡bil y en el que, por tanto, no cabe la presentaci—n de la demanda por despido, siendo notorio que una interpretaci—n ajustada a la literalidad de las normas podr’a producir, en este caso, m‡xime en el ‡mbito del proceso laboral en el que el litigante puede comparecer en la instancia sin asistencia tŽcnica, un...

  • STS, 22 de Diciembre de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. No existe la pretendida indefensión alegada por la empresa en su recurso ni la falta de litis consorcio pasivo necesario, pues la Ley establece como partes a las representaciones de los trabajadores, quienes suplieron en el acuerdo y ahora en la instancia judicial a las personas individuales afectadas, por lo que se impone, la estimación parcial del recurso de casación

  • STS, 26 de Octubre de 2006

    ACCIÓN POR DESPIDO. CADUCIDAD. CÓMPUTO DE DÍAS SÁBADOS. Se promueve demanda por despido. Sería contrario a la lógica computar como hábil un día de la semana declarado inhábil y en el que, por eso, no es posible presentar la demanda. La escisión que del cómputo que realiza la sentencia recurrida, podría ser ajustada a una interpretación literal de las normas, pero lleva consigo una especie de cepo

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