Artículos doctrinales sobre Caducidad de las anotaciones preventivas
-
-
Caducidad mediante instancia de hipoteca en garantía de letra de cambio
Resolución de 3 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Armilla, por la que se deniega la cancelación de una hipoteca en garantía de letras de cambio, por caducidad solicitada en instancia privada.
-
Anotación caducada. No cabe cancelar cargas posteriores
Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Alicante n.º 5, por la que se deniega la cancelación de una anotación de embargo por estar caducada la anotación en la que se sustenta la adjudicación. (ACM)
-
Anotación preventiva mediante acuerdo transaCCional. numerus clausus art 42 LH impide autonomia voluntad
Resolución de 20 de julio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Alicante n.º 3, por la que se deniega la práctica de una anotación preventiva. (ACM)
-
Anotación caducada: no permite cancelar cargas posteriores
Resolución de 4 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Tamarite de Litera, por la que se deniega la cancelación de cargas ordenada en un mandamiento dictado en procedimiento ejecutivo, por estar caducada la anotación en la que se sustenta la...
-
Prórroga de anotación preventiva de embargo administrativo que fue practicada pese a que la finca había sido previamente agrupada y vendida
Resolución de 10 de mayo de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad interino de San Cristóbal de la Laguna n.º 1, por la que se resuelve no practicar la prórroga de una anotación preventiva de embargo ordenada mediante mandamiento administrativo. (MN)
-
Análisis de los caracteres del asiento de cancelación registral desde la teoría general de los asientos
En este trabajo se analiza el asiento de cancelación registral. En concreto se examinan las distintas características del mismo, partiendo de la teoría general de los asientos registrales, con la finalidad de poder dar, posteriormente, una definición o concepto de dicho asiento que se ajuste a la realidad. De igual modo, poniendo de relieve sus especiales caracteres será más fácil comprender su...
-
Anotacion preventiva de una afeccion administrativa
Resolución de 18 de junio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad accidental de Torrelavega n.º 3, por la que se suspende la toma de razón de una anotación preventiva.
-
Conversión en definitiva de una anotación preventiva de un embargo cautelar
Resolución de 25 de octubre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Málaga n.º 2, por la que se deniega la anotación de conversión en definitivo de un embargo cautelar.
-
Resolución de 21 de febrero de 2006 (B.O.E. de 4 de abril de 2006)
El principio general del Derecho del carácter no retroactivo de las normas, salvo que en ellas se disponga lo contrario, significa que las anotaciones preventivas prorrogadas en virtud de mandamiento presentado en el Registro de la Propiedad antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2000, deben regirse por la legislación anterior. Por tanto, con relación a las anotaciones preventivas...
-
Resolución de 23 de febrero de 2006 (B.O.E. de 4 de abril de 2006)
El principio general del Derecho del carácter no retroactivo de las normas, salvo que en ellas se disponga lo contrario, significa que las anotaciones preventivas prorrogadas en virtud de mandamiento presentado en el Registro de la Propiedad antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2000, deben regirse por la legislación anterior. Por tanto, con relación a las anotaciones preventivas...
-
Resolución de 18 de febrero de 2006 (B.O.E de 23 de marzo de 2006)
El principio general del Derecho del carácter no retroactivo de las normas, salvo que en ellas se disponga lo contrario, significa que las anotaciones preventivas prorrogadas en virtud de mandamiento presentado en el Registro de la Propiedad antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2000, deben regirse por la legislación anterior. Por tanto, con relación a las anotaciones preventivas...
- Resolución de 21 de julio de 2005
-
Breves consideraciones sobre las anotaciones preventivas judiciales en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
I. Nota previa.-II. Las anotaciones preventivas de naturaleza cautelar en la nueva norma procesal civil. Dificultades interpretativas. Supresion del sistema de numerus clausus de anotaciones preventivas cautelares.-III. Apuntes sobre algunas anotaciones preventivas judiciales no cautelares: la anotacion preventiva de embargo y la anotacion preventiva de la medida cautelar de suspension de los...
-
Resolución de 5 de abril de 2006 (B.O.E. de 27 de mayo de 2006)
El principio general del Derecho del carácter no retroactivo de las normas, salvo que en ellas se disponga lo contrario, significa que las anotaciones preventivas prorrogadas en virtud de mandamiento presentado en el Registro de la Propiedad antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2000, deben regirse por la legislación anterior. Por tanto, con relación a las anotaciones preventivas...
-
Resolución de 14 de junio de 2006 (B.O.E. de 20 de julio de 2006)
Resolución de 14 de junio de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto por don Manuel Melgarejo Belmonte, contra la negativa del registrador de la propiedad de Guardamar del Segura, a cancelar por caducidad varias anotaciones preventivas de embargo prorrogadas judicialmente antes de entrar en vigor la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento...
-
Resolución de 5 de febrero de 2007 (B.O.E. de 5 de marzo de 2007)
Mediante instancia privada, acompañada de la sentencia estimando la demanda de elevación a público de un contrato, se solicita la cancelación por caducidad de las anotaciones preventivas de embargo sobre dos fincas, así como la inscripciónde las mismas a favor de los demandantes. El Registrador deniega la cancelación, al faltar la ratificación de la instancia, así como la inscripción pretendida,...
-
Resolución de 13 de diciembre de 2003 (B.O.E. de 6 de febrero de 2004)
La caducidad de las anotaciones preventivas se produce «ipso iure», sin que, transcurrido su plazo de vigencia, puedan surtir efecto registral ni ser prorrogadas.
-
La vigencia, la prórroga y la caducidad de la anotación preventiva judicial en el Registro de la Propiedad y el nuevo artículo 86 de la Ley Hipotecaria, reformado por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
1. La duración, la prorroga y la caducidad de las anotaciones preventivas en general: 1.1. Notas previas. 1.2. La duración de las anotaciones preventivas. 1.3. La prórroga de las anotaciones preventivas: Sus requisitos. 1.4. La caducidad de las anotaciones preventivas y sus efectos. 1.5. La cancelación de la anotación preventiva caducada.- 2. La duración, la prorroga y
-
Resolución de 12 noviembre de 2004 (B.O.E. de 28 de diciembre de 2004)
La adecuada conciliación entre el artículo 86 de la Ley Hipotecaria, en su redacción anterior a la reforma operada por la Ley de Enjuiciamiento Civil, y el artículo 199 del Reglamento Hipotecario, induce a pensar que, una vez prorrogadas, las anotaciones preventivas de embargo subsistirán hasta la firmeza de la resolución recaída en el procedimiento en que fueron ordenadas sin necesidad de...
-
Resolución de 19 de febrero de 2005 (B.O.E. de 21 de abril de 2005)
Las prórrogas de las anotaciones preventivas practicadas con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva redacción dada al artc.86 de la Ley Hipotecaria por la LEC de 7 de enero de 2000 impiden su cancelación por caducidad.
- La anotación preventiva como medida cautelar y el Registro, de José Martín Pastor.
-
Resolución de 29 de mayo de 1998 (b.o.e. De 18 de junio)
Las anotaciones preventivas decretadas por la autoridad judicial no pueden ser canceladas por caducidad, una vez prorrogadas, sino transcurridos seis meses desde la firmeza de la resolución que ponga fin al procedimiento.
-
La cancelación registral.
Asiento de cancelación: su concepto y definición.-Características de la cancelación en nuestro sistema.-Clasificación de las cancelaciones.-Cancelaciones totales.-Cancelaciones parciales.-Títulos cancelatorios.-Especialidades de las cancelaciones de anotaciones preventivas.-Facultad subjetiva para cancelar.-Circunstancias formales del asiento de cancelación.-Cancelaciones preventivas o...
-
Resolución de 27 de octubre de 1993
Una vez caducada la anotación de embargo, si los bienes resultan inscritos a nombre de persona distinta del deudor -quien en su día figuraba como titular registral-, debe denegarse la adjudicación derivada del embargo en el momento en que la anotación se extingue cesa la sujeción del inmueble y adquiere plenitud la titularidad registral afectada. (Resolución de 27 de octubre de 1993; BOE de 25 de
-
Resolución de 28 de junio de 1986
1. Caducada una anotación de suspensión, no es posible reiterar con posterioridad su subsistencia y menos aún cuando la finca ha sido ya vendida y aparece inscrita en favor de terceras personas. La calificación registral se rige por las normas hipotecarias y no por las del procedimiento administrativo. Resolución de 28 de junio de 1986 (B. O. del E. del 16 de julio).